Madrid número 40 (BOCM-20210507-187)
Ejecución 63/2021
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 108
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE MAYO DE 2021
Pág. 641
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
187
MADRID NÚMERO 40
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. Carmen Lucía Castellano Vázquez, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 40 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento ETJ 63/2021 (DSP 894/2019) de este juzgado de
lo Social, seguido a instancia de D./Dña. YOANA GONZÁLEZ GÓMEZ y D./Dña. JAVIER POLO BERNAL frente a HIPOTENUSA PUBLICIDAD SL sobre Ejecución de títulos judiciales, se han dictado las siguientes resoluciones (Auto y Decreto):
PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de Sentencia a favor de la parte ejecutante,
D./Dña. YOANA GONZÁLEZ GÓMEZ y D./Dña. JAVIER POLO BERNAL, frente a la
demandada HIPOTENUSA PUBLICIDAD SL, parte ejecutada, por un principal de 7.831,52
euros, más 391,58 euros y 783,15 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin
perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación.—Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de
los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles
infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO SANTANDER 4684-0000-64-0063-21.
PARTE DISPOSTIVA
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días
puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de
no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en
el plazo de tres días desde su notificación.
En Madrid, a ocho de abril de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/12.516/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210507-187
Y para que sirva de notificación en legal forma a HIPOTENUSA PUBLICIDAD SL,
en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
B.O.C.M. Núm. 108
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE MAYO DE 2021
Pág. 641
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
187
MADRID NÚMERO 40
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. Carmen Lucía Castellano Vázquez, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 40 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento ETJ 63/2021 (DSP 894/2019) de este juzgado de
lo Social, seguido a instancia de D./Dña. YOANA GONZÁLEZ GÓMEZ y D./Dña. JAVIER POLO BERNAL frente a HIPOTENUSA PUBLICIDAD SL sobre Ejecución de títulos judiciales, se han dictado las siguientes resoluciones (Auto y Decreto):
PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de Sentencia a favor de la parte ejecutante,
D./Dña. YOANA GONZÁLEZ GÓMEZ y D./Dña. JAVIER POLO BERNAL, frente a la
demandada HIPOTENUSA PUBLICIDAD SL, parte ejecutada, por un principal de 7.831,52
euros, más 391,58 euros y 783,15 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin
perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación.—Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de
los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles
infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO SANTANDER 4684-0000-64-0063-21.
PARTE DISPOSTIVA
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días
puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de
no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en
el plazo de tres días desde su notificación.
En Madrid, a ocho de abril de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/12.516/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210507-187
Y para que sirva de notificación en legal forma a HIPOTENUSA PUBLICIDAD SL,
en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.