Madrid número 6 (BOCM-20210507-106)
Ejecución 101/2021
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 544
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 108
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
106
MADRID NÚMERO 6
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. EVA SAN PABLO MORENO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL
Juzgado de lo Social nº 6 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 101/2021 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de LEONCIO MELECIO CONTRERAS DELGADO y LEOPOLD LISYAK
frente a GRUPO EMPRESAS JOSRODPAR MULTISERVICIOS Y HOSTELERIA SL y
SISTEMAS INTEGRALES PERMAL SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, LEOPOLD LISYAK y LEONCIO MELECIO CONTRERAS DELGADO, frente a SISTEMAS
INTEGRALES PERMAL SL y GRUPO EMPRESAS JOSRODPAR MULTISERVICIOS
Y HOSTELERIA SL, parte ejecutada, por un principal de 2.878,26 euros, desglosados del
siguiente modo:
- LEOPOLD LISYAK: 1.308,30 euros, más 130,83 euros como 10% de dicha cantidad, esto es: 1.439,13 euros en total.
- LEONCIO MELECIO CONTRERAS DELGADO: 1.308,30 euros, más 130,83
euros como 10% de dicha cantidad, esto es: 1.439,13 euros en total.
más 172,69 euros y 287,82 euros de intereses y costas calculados provisionalmente,
sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SISTEMAS INTEGRALES PERMAL SL y GRUPO EMPRESAS JOSRODPAR MULTISERVICIOS Y HOSTELERIA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a nueve de abril de dos mil veintiuno.
BOCM-20210507-106
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/12.818/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
106
MADRID NÚMERO 6
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. EVA SAN PABLO MORENO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL
Juzgado de lo Social nº 6 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 101/2021 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de LEONCIO MELECIO CONTRERAS DELGADO y LEOPOLD LISYAK
frente a GRUPO EMPRESAS JOSRODPAR MULTISERVICIOS Y HOSTELERIA SL y
SISTEMAS INTEGRALES PERMAL SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, LEOPOLD LISYAK y LEONCIO MELECIO CONTRERAS DELGADO, frente a SISTEMAS
INTEGRALES PERMAL SL y GRUPO EMPRESAS JOSRODPAR MULTISERVICIOS
Y HOSTELERIA SL, parte ejecutada, por un principal de 2.878,26 euros, desglosados del
siguiente modo:
- LEOPOLD LISYAK: 1.308,30 euros, más 130,83 euros como 10% de dicha cantidad, esto es: 1.439,13 euros en total.
- LEONCIO MELECIO CONTRERAS DELGADO: 1.308,30 euros, más 130,83
euros como 10% de dicha cantidad, esto es: 1.439,13 euros en total.
más 172,69 euros y 287,82 euros de intereses y costas calculados provisionalmente,
sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SISTEMAS INTEGRALES PERMAL SL y GRUPO EMPRESAS JOSRODPAR MULTISERVICIOS Y HOSTELERIA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a nueve de abril de dos mil veintiuno.
BOCM-20210507-106
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/12.818/21)
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ISSN 1989-4791