B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, FAMILIAS, IGUALDAD Y NATALIDAD - O. A. AGENCIA MADRILEÑA DE ATENCIÓN SOCIAL (BOCM-20210506-24)
Puesto libre designación –  Resolución 557/2021, de 29 de abril, del Gerente de la Agencia Madrileña de Atención Social, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión, por el procedimiento de Libre Designación, de puestos de carrera vacantes en el organismo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 107

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE MAYO DE 2021

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Los requisitos deberán cumplirse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso de cobertura.
De conformidad con lo previsto en el número 3 de la disposición transitoria octava del
Convenio Colectivo para Personal Laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid 2018-2020, el personal laboral fijo que ocupe un puesto funcional con carácter provisional en el momento de su conversión en un puesto de carrera conservará el derecho a concurrir a la correspondiente convocatoria de provisión definitiva aun cuando,
como consecuencia de esa modificación, dejara de cumplir las condiciones precisas para la
ocupación del puesto transformado. Este derecho se podrá ejercitar por una sola vez, y únicamente respecto de dicho puesto.
Tercero
Contenido funcional de los puestos de trabajo convocados
El contenido funcional de los puestos que se convocan para su definitiva provisión,
consiste en el ejercicio de las funciones siguientes:
— La dirección y responsabilidad en relación a las funciones que se derivan de las actividades encomendadas a las Unidades dependientes del área.
— La organización y control de otros servicios tales como podología, suministro farmacéutico u otros similares, ya sean atendidos con medios propios, ya con ajenos.
— Dentro del Equipo Multiprofesional, el seguimiento integrado e individualizado
de la evolución del residente y las consiguientes propuestas sobre los niveles y
modalidades de asistencia que haya de recibir, sin menoscabo de las responsabilidades que correspondan al personal facultativo.
— Con autonomía y responsabilidad coordina y supervisa el funcionamiento del centro en sus distintas unidades funcionales, bajo las órdenes del Director.
— Con autonomía y responsabilidad desarrolla los programas de actuación, así como la
gestión económica y administrativa, de su Área bajo la dependencia del Director.
— Con autonomía y responsabilidad dirige, gestiona y coordina al personal de su
Área conforme a la normativa aplicable y de conformidad con las directrices emanadas de la Gerencia de la Agencia Madrileña de Atención Social.
— Sustituye al Director del centro, cuando proceda, en sus labores relacionadas con
cualquier área funcional y unidades del centro, así como en la representación del
mismo.
Cuarto
Perfil profesional
Los puestos de trabajo cuya provisión definitiva se convoca, relacionados en el Anexo I,
requieren para su desempeño experiencia en el desarrollo de programas técnico-asistenciales, en la gestión de personal y servicios generales y comunes de centros residenciales de
personas mayores o experiencia en trabajo técnico con coordinación de equipos de trabajo
en centros o programas de atención social o socio-sanitarios a mayores.
Los/las interesados/as acompañarán a la solicitud breve currículum (3 folios) en el que
se recogerá de manera resumida la experiencia profesional.
Quinto
La solicitud para tomar parte en el procedimiento de selección se ajustará al modelo que
figura en el Anexo II de esta convocatoria y se presentará electrónicamente en el plazo de
quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, junto con la documentación
que proceda, en el Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid a través del enlace
http://www.comunidad.madrid/servicios/administracion-electronica-punto-acceso-general,
o en los demás registros electrónicos previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de
uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que
sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la
“Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de

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