C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20210506-38)
Centros de becas de bachillerato – Orden 1052/2021, de 21 de abril, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se resuelve la convocatoria de inscripción, en el “Listado de centros de becas de Bachillerato”, de centros docentes privados de Bachillerato de la Comunidad de Madrid, para el curso 2021-2022
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 107
JUEVES 6 DE MAYO DE 2021
Pág. 225
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación y Juventud
38
ORDEN 1052/2021, de 21 de abril, del Consejero de Educación y Juventud, por
la que se resuelve la convocatoria de inscripción, en el “Listado de centros de
becas de Bachillerato”, de centros docentes privados de Bachillerato de la Comunidad de Madrid, para el curso 2021-2022.
Mediante la Orden 1410/2020, de 1 de julio, de la Consejería de Educación y Juventud, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de Bachillerato en la Comunidad de Madrid y mediante la Orden 604/2021, de 10 de marzo, de la
Consejería de Educación y Juventud, se estableció el procedimiento para la inscripción en
el “Listado de centros de becas de Bachillerato”, de los centros docentes privados de Bachillerato de la Comunidad de Madrid que admitan alumnos beneficiarios de las becas reguladas por la citada Orden 1410/2020, de 1 de julio.
Como Anexo a la Orden 604/2021, de 10 de marzo, se publicaron los centros que se
consideraban inscritos en el “Listado de centros de Bachillerato” de forma permanente.
Seguidos los trámites legales, la Dirección General de Educación Concertada, Becas y
Ayudas al Estudio, como órgano instructor del procedimiento, ha formulado su propuesta
de resolución, una vez comprobadas todas las solicitudes presentadas en el plazo establecido para el curso 2021-2022.
Vista la citada propuesta,
DISPONGO
Primero
Altas en el “Listado de centros de becas de Bachillerato”
Inscribir en el “Listado de centros de becas de Bachillerato” a los solicitantes que figuran en el Anexo I “Altas” de esta Orden.
Segundo
Bajas en el “Listado de centros de becas de Bachillerato”
Dar de baja en el “Listado de centros de becas de Bachillerato” a los solicitantes que
figuran en el Anexo II “Bajas” de esta Orden.
De conformidad con lo establecido en el apartado octavo de la Orden 604/2021, de 10 de
marzo, la baja tendrá efectos de forma progresiva, de tal manera que para el curso 2021-2022
tendrá aplicación solo para los alumnos que cursen primero de Bachillerato y se hará extensivo a los alumnos que cursen segundo de Bachillerato para el curso 2022-2023.
Tercero
Excluidos
Cuarto
Publicación
La presente Orden se publica en la página web institucional de la Comunidad de
Madrid y a efectos del cómputo de plazos para la interposición de recursos en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
BOCM-20210506-38
Declarar excluidos de la convocatoria, por las causas que en cada caso se determinan,
a los solicitantes relacionados en la lista que constituye el Anexo III “Excluidos” de esta
Orden.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 107
JUEVES 6 DE MAYO DE 2021
Pág. 225
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación y Juventud
38
ORDEN 1052/2021, de 21 de abril, del Consejero de Educación y Juventud, por
la que se resuelve la convocatoria de inscripción, en el “Listado de centros de
becas de Bachillerato”, de centros docentes privados de Bachillerato de la Comunidad de Madrid, para el curso 2021-2022.
Mediante la Orden 1410/2020, de 1 de julio, de la Consejería de Educación y Juventud, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de Bachillerato en la Comunidad de Madrid y mediante la Orden 604/2021, de 10 de marzo, de la
Consejería de Educación y Juventud, se estableció el procedimiento para la inscripción en
el “Listado de centros de becas de Bachillerato”, de los centros docentes privados de Bachillerato de la Comunidad de Madrid que admitan alumnos beneficiarios de las becas reguladas por la citada Orden 1410/2020, de 1 de julio.
Como Anexo a la Orden 604/2021, de 10 de marzo, se publicaron los centros que se
consideraban inscritos en el “Listado de centros de Bachillerato” de forma permanente.
Seguidos los trámites legales, la Dirección General de Educación Concertada, Becas y
Ayudas al Estudio, como órgano instructor del procedimiento, ha formulado su propuesta
de resolución, una vez comprobadas todas las solicitudes presentadas en el plazo establecido para el curso 2021-2022.
Vista la citada propuesta,
DISPONGO
Primero
Altas en el “Listado de centros de becas de Bachillerato”
Inscribir en el “Listado de centros de becas de Bachillerato” a los solicitantes que figuran en el Anexo I “Altas” de esta Orden.
Segundo
Bajas en el “Listado de centros de becas de Bachillerato”
Dar de baja en el “Listado de centros de becas de Bachillerato” a los solicitantes que
figuran en el Anexo II “Bajas” de esta Orden.
De conformidad con lo establecido en el apartado octavo de la Orden 604/2021, de 10 de
marzo, la baja tendrá efectos de forma progresiva, de tal manera que para el curso 2021-2022
tendrá aplicación solo para los alumnos que cursen primero de Bachillerato y se hará extensivo a los alumnos que cursen segundo de Bachillerato para el curso 2022-2023.
Tercero
Excluidos
Cuarto
Publicación
La presente Orden se publica en la página web institucional de la Comunidad de
Madrid y a efectos del cómputo de plazos para la interposición de recursos en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
BOCM-20210506-38
Declarar excluidos de la convocatoria, por las causas que en cada caso se determinan,
a los solicitantes relacionados en la lista que constituye el Anexo III “Excluidos” de esta
Orden.