Anchuelo (BOCM-20210505-43)
Urbanismo. Ordenanza urbanística
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 106
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE MAYO DE 2021
Pág. 133
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
43
ANCHUELO
URBANISMO
BOCM-20210505-43
Aprobada inicialmente la ordenanza municipal reguladora del deber urbanístico de
conservación de edificaciones, de la inspección técnica periódica de edificios y construcciones y de la declaración de ruina, por acuerdo del Pleno de fecha 14 de abril de 2021, de
conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde día siguiente a la inserción de este
anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación de la mencionada ordenanza.
Anchuelo, 2021.—El alcalde, Javier Doncel Fernández.
(03/14.534/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 106
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE MAYO DE 2021
Pág. 133
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
43
ANCHUELO
URBANISMO
BOCM-20210505-43
Aprobada inicialmente la ordenanza municipal reguladora del deber urbanístico de
conservación de edificaciones, de la inspección técnica periódica de edificios y construcciones y de la declaración de ruina, por acuerdo del Pleno de fecha 14 de abril de 2021, de
conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde día siguiente a la inserción de este
anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación de la mencionada ordenanza.
Anchuelo, 2021.—El alcalde, Javier Doncel Fernández.
(03/14.534/21)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791