Madrid (BOCM-20210505-40)
Régimen económico. Distrito de San Blas-Canillejas. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 106
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE MAYO DE 2021
Pág. 129
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
40
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Distrito de San Blas-Canillejas
Extracto del decreto de 16 de marzo de 2021, del concejal-presidente del Distrito de San
Blas-Canillejas, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones de fomento del asociacionismo anualidades 2021-2022.
Con fecha 22 de marzo de 2021, se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID extracto del decreto de 16 de marzo de 2021, del concejal-presidente del
Distrito de San Blas-Canillejas, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones de
fomento del asociacionismo, anualidades 2021-2022.
Posteriormente, con fecha 12 de abril de 2021, se realizó una nueva publicación, en la
que se procedía a dejar sin efecto los plazos de presentación de solicitudes de quince días
hábiles, ya que no se encontraban disponibles los formularios.
Una vez subsanadas las deficiencias indicadas en la publicación de 12 de abril de 2021,
se procede a publicar nuevamente el extracto de la convocatoria, iniciándose el cómputo
de los plazos para la presentación de las solicitudes.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.—Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el
Distrito de San Blas-Canillejas y estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del
Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid
y sus organismos públicos aprobada por acuerdo plenario de 30 de octubre de 2013 (OBRGS).
Segundo. Objeto.—Garantizar la continuidad y correcto funcionamiento de las asociaciones del distrito financiando gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios en los que las asociaciones desarrollen sus actividades de forma habitual (gastos de alquiler y/o gastos de funcionamiento necesario para el correcto funcionamiento de la
entidad).
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30
de octubre de 2013, publicada en www.madrid.es
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a la convocatoria anualidad 2021 asciende a 60.000 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios: 60.000
euros, cuyo desglose es el siguiente:
d Gastos de alquiler y funcionamiento de sede social: 60.000 euros.
El importe total destinado a la convocatoria anualidad 2022 asciende a 60.000 euros,
que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios: 60.000
euros, cuyo desglose es el siguiente:
d Gastos de alquiler y funcionamiento de sede social: 60.000 euros.
La cuantía de la subvención se considerará importe cierto, quedando de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de la actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiación pública por el importe en
que la misma exceda del coste total de dicha actividad.
BOCM-20210505-40
BDNS: 553776 y 553783
B.O.C.M. Núm. 106
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE MAYO DE 2021
Pág. 129
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
40
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Distrito de San Blas-Canillejas
Extracto del decreto de 16 de marzo de 2021, del concejal-presidente del Distrito de San
Blas-Canillejas, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones de fomento del asociacionismo anualidades 2021-2022.
Con fecha 22 de marzo de 2021, se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID extracto del decreto de 16 de marzo de 2021, del concejal-presidente del
Distrito de San Blas-Canillejas, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones de
fomento del asociacionismo, anualidades 2021-2022.
Posteriormente, con fecha 12 de abril de 2021, se realizó una nueva publicación, en la
que se procedía a dejar sin efecto los plazos de presentación de solicitudes de quince días
hábiles, ya que no se encontraban disponibles los formularios.
Una vez subsanadas las deficiencias indicadas en la publicación de 12 de abril de 2021,
se procede a publicar nuevamente el extracto de la convocatoria, iniciándose el cómputo
de los plazos para la presentación de las solicitudes.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.—Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el
Distrito de San Blas-Canillejas y estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del
Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid
y sus organismos públicos aprobada por acuerdo plenario de 30 de octubre de 2013 (OBRGS).
Segundo. Objeto.—Garantizar la continuidad y correcto funcionamiento de las asociaciones del distrito financiando gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios en los que las asociaciones desarrollen sus actividades de forma habitual (gastos de alquiler y/o gastos de funcionamiento necesario para el correcto funcionamiento de la
entidad).
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30
de octubre de 2013, publicada en www.madrid.es
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a la convocatoria anualidad 2021 asciende a 60.000 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios: 60.000
euros, cuyo desglose es el siguiente:
d Gastos de alquiler y funcionamiento de sede social: 60.000 euros.
El importe total destinado a la convocatoria anualidad 2022 asciende a 60.000 euros,
que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios: 60.000
euros, cuyo desglose es el siguiente:
d Gastos de alquiler y funcionamiento de sede social: 60.000 euros.
La cuantía de la subvención se considerará importe cierto, quedando de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de la actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiación pública por el importe en
que la misma exceda del coste total de dicha actividad.
BOCM-20210505-40
BDNS: 553776 y 553783