B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO (BOCM-20210505-22)
Puesto libre designación – Orden 371/2021, de 23 de abril, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden 186/2021, de 26 de febrero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15 de marzo), para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en la citada Consejería por el procedimiento de Libre Designación
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BOCM
Pág. 78
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 106
Tercero
Recursos
BOCM-20210505-22
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante
los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del
día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin
perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Firmado en Madrid, a 23 de abril de 2021.—El Consejero de Cultura y Turismo, P. S.
(Decreto 21/2021, de 10 de marzo; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de
marzo de 2021), el Consejero de Educación y Juventud, P. D. (Orden 102/2020, de 12 de febrero; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de febrero), la Secretaria General
Técnica, María José Barrero García.
Pág. 78
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 106
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BOCM-20210505-22
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante
los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del
día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin
perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Firmado en Madrid, a 23 de abril de 2021.—El Consejero de Cultura y Turismo, P. S.
(Decreto 21/2021, de 10 de marzo; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de
marzo de 2021), el Consejero de Educación y Juventud, P. D. (Orden 102/2020, de 12 de febrero; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de febrero), la Secretaria General
Técnica, María José Barrero García.