Tres Cantos (BOCM-20210505-60)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 218
MIÉRCOLES 5 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 106
Los cursos inferiores a 20 horas o donde no se especifique el número de horas
lectivas, serán valorados con 0,05 puntos.
Para su valoración, los cursos deberán haber sido realizados en:
— La Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid.
— Universidades o centros oficiales, reconocidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
— Centros de Formación de las Fuerzas Armadas o de otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
También se valorarán las acciones formativas solamente si son superiores a 20
h de duración impartidas por Organizaciones Sindicales, acogidas al Plan de
Formación Continua de las Administraciones Públicas.
7.2.3. Titulaciones académicas (máximo 4 puntos). Títulos oficiales expedidos por el
Ministerio de Educación, Cultura y Deportes o, resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de expedición del correspondiente título de las siguientes titulaciones:
a) Título de grado universitario con 300 créditos ECTS o Máster universitario. Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Doctorado: 2,5 puntos.
b) Título de grado universitario con menos de 300 créditos ECTS. Diplomado universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico: 1,5 puntos.
En el caso de que los títulos descritos anteriormente versen en Derecho o Criminología se sumará a la puntuación correspondiente 0,5 puntos más.
7.2.4. Títulos oficiales idiomas (máximo 1 punto), se acreditará mediante el título del
nivel de conocimiento de idiomas extranjeros conforme al Marco Europeo de
referencia a razón de:
— Nivel B1: 0,10 puntos.
— Nivel B2: 0,20 puntos.
— Nivel C1: 0,30 puntos.
— Nivel C2: 0,40 puntos.
Para la valoración del conocimiento de idiomas, únicamente se puntuará el Título académico de grado superior cuando se trate del mismo idioma y se posean varios niveles. La suma de los puntos obtenidos en este apartado no podrá superar 1 punto.
7.3. Calificación final de la fase de concurso-oposición, orden de colocación y empates de puntuación: La calificación final de la fase de concurso-oposición libre será la
suma de las calificaciones finales obtenidas en las pruebas de naturaleza puntuables, quedando eliminados quienes no hayan superado cada una de las cuatro pruebas, estableciéndose en tal suma una ponderación consistente en que el resultado obtenido en la prueba de
conocimientos de la fase de oposición, suponga el 60% de dicha calificación final de la fase
de oposición final, a la cual se sumará la nota obtenida en la fase de concurso.
Superarán la fase de concurso-oposición quienes habiendo aprobado todos y cada uno
de los ejercicios de dicha fase, obtengan las calificaciones más altas hasta alcanzar como
máximo el total de plazas convocadas, sin que por tanto se pueda considerar que han superado el concurso-oposición, obtenido plaza o quedado en situación de expectativa de destino, aquello/as aspirantes que habiendo aprobado la fase de concurso-oposición no figuren
incluidos en la relación propuesta por el Tribunal.
El orden de colocación de los/as aspirantes en la lista definitiva de aprobados se establecerá de mayor a menor puntuación.
En caso de empate, este se dirimirá por quien haya obtenido mejor puntuación en la
prueba de conocimientos regulada en la prueba de conocimientos del apartado 7.1.3.3. De
persistir el empate, este se solventará por orden alfabético del primer apellido de las personas empatadas conforme a la letra que determine el sorteo anual realizado por la Secretaría
de Estado de Administraciones Públicas.
8. Relación de aprobados
Terminada la selección de los/as aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Tres Cantos.
Simultáneamente a su publicación en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del
Ayuntamiento de Tres Cantos, el Tribunal elevará la relación expresada al Primer Tenien-
BOCM-20210505-60
BOCM
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MIÉRCOLES 5 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 106
Los cursos inferiores a 20 horas o donde no se especifique el número de horas
lectivas, serán valorados con 0,05 puntos.
Para su valoración, los cursos deberán haber sido realizados en:
— La Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid.
— Universidades o centros oficiales, reconocidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
— Centros de Formación de las Fuerzas Armadas o de otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
También se valorarán las acciones formativas solamente si son superiores a 20
h de duración impartidas por Organizaciones Sindicales, acogidas al Plan de
Formación Continua de las Administraciones Públicas.
7.2.3. Titulaciones académicas (máximo 4 puntos). Títulos oficiales expedidos por el
Ministerio de Educación, Cultura y Deportes o, resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de expedición del correspondiente título de las siguientes titulaciones:
a) Título de grado universitario con 300 créditos ECTS o Máster universitario. Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Doctorado: 2,5 puntos.
b) Título de grado universitario con menos de 300 créditos ECTS. Diplomado universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico: 1,5 puntos.
En el caso de que los títulos descritos anteriormente versen en Derecho o Criminología se sumará a la puntuación correspondiente 0,5 puntos más.
7.2.4. Títulos oficiales idiomas (máximo 1 punto), se acreditará mediante el título del
nivel de conocimiento de idiomas extranjeros conforme al Marco Europeo de
referencia a razón de:
— Nivel B1: 0,10 puntos.
— Nivel B2: 0,20 puntos.
— Nivel C1: 0,30 puntos.
— Nivel C2: 0,40 puntos.
Para la valoración del conocimiento de idiomas, únicamente se puntuará el Título académico de grado superior cuando se trate del mismo idioma y se posean varios niveles. La suma de los puntos obtenidos en este apartado no podrá superar 1 punto.
7.3. Calificación final de la fase de concurso-oposición, orden de colocación y empates de puntuación: La calificación final de la fase de concurso-oposición libre será la
suma de las calificaciones finales obtenidas en las pruebas de naturaleza puntuables, quedando eliminados quienes no hayan superado cada una de las cuatro pruebas, estableciéndose en tal suma una ponderación consistente en que el resultado obtenido en la prueba de
conocimientos de la fase de oposición, suponga el 60% de dicha calificación final de la fase
de oposición final, a la cual se sumará la nota obtenida en la fase de concurso.
Superarán la fase de concurso-oposición quienes habiendo aprobado todos y cada uno
de los ejercicios de dicha fase, obtengan las calificaciones más altas hasta alcanzar como
máximo el total de plazas convocadas, sin que por tanto se pueda considerar que han superado el concurso-oposición, obtenido plaza o quedado en situación de expectativa de destino, aquello/as aspirantes que habiendo aprobado la fase de concurso-oposición no figuren
incluidos en la relación propuesta por el Tribunal.
El orden de colocación de los/as aspirantes en la lista definitiva de aprobados se establecerá de mayor a menor puntuación.
En caso de empate, este se dirimirá por quien haya obtenido mejor puntuación en la
prueba de conocimientos regulada en la prueba de conocimientos del apartado 7.1.3.3. De
persistir el empate, este se solventará por orden alfabético del primer apellido de las personas empatadas conforme a la letra que determine el sorteo anual realizado por la Secretaría
de Estado de Administraciones Públicas.
8. Relación de aprobados
Terminada la selección de los/as aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Tres Cantos.
Simultáneamente a su publicación en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del
Ayuntamiento de Tres Cantos, el Tribunal elevará la relación expresada al Primer Tenien-
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