Algeciras número 2 (BOCM-20210505-138)
Ejecución 37/2020
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 106
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE MAYO DE 2021
Pág. 315
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
138
ALGECIRAS NÚMERO 2
EDICTO
D/Dª MARIA ALEJADRA TORRES GUTIERREZ, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2 DE ALGECIRAS.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 37/2020 a
instancia de la parte actora D/Dª. DUNIA ROMERO RAMIREZ contra HEREDEROS DE
JOSE LUIS SUAREZ S.L., FONDO DE GARANTIA SALARIAL, NIKOPING DEVELOPS S.L., SENSEPERFUM S.L., FRANCISCO SUAREZ S.A. y CUENCA HERMANOS S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado DECRETP de fecha 19/03/21
del tenor literal siguiente:
“Declarar a los ejecutados HEREDEROS DE JOSE LUIS SUAREZ S.L., NIKOPING
DEVELOPS S.L., SENSEPERFUM S.L. y CUENCA HERMANOS S.L. en situación de
INSOLVENCIA TOTAL, por importe de 17.783,32 euros de principal más 3.556,66 d
calculados para intereses y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como
provisional. Remítase edicto para su publicación en el BOP y archívese el presente procedimiento.
Notifíquese la presente resolución.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de
revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS
hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en
la misma a juicio del recurrente, art. 188 L.R.J.S El recurrente que no tenga la condición de
trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el nº de cuenta de este Juzgado nº debiendo indicar en el
campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social- Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social- Revisión”.
Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa.
Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades
Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.”
Y para que sirva de notificación al demandado HEREDEROS DE JOSE LUIS SUAREZ S.L. y NIKOPING DEVELOPS S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el
presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE
MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En ALGECIRAS, a veintiséis de marzo de dos mil veintiuno.
BOCM-20210505-138
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/12.630/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 106
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE MAYO DE 2021
Pág. 315
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
138
ALGECIRAS NÚMERO 2
EDICTO
D/Dª MARIA ALEJADRA TORRES GUTIERREZ, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2 DE ALGECIRAS.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 37/2020 a
instancia de la parte actora D/Dª. DUNIA ROMERO RAMIREZ contra HEREDEROS DE
JOSE LUIS SUAREZ S.L., FONDO DE GARANTIA SALARIAL, NIKOPING DEVELOPS S.L., SENSEPERFUM S.L., FRANCISCO SUAREZ S.A. y CUENCA HERMANOS S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado DECRETP de fecha 19/03/21
del tenor literal siguiente:
“Declarar a los ejecutados HEREDEROS DE JOSE LUIS SUAREZ S.L., NIKOPING
DEVELOPS S.L., SENSEPERFUM S.L. y CUENCA HERMANOS S.L. en situación de
INSOLVENCIA TOTAL, por importe de 17.783,32 euros de principal más 3.556,66 d
calculados para intereses y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como
provisional. Remítase edicto para su publicación en el BOP y archívese el presente procedimiento.
Notifíquese la presente resolución.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de
revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS
hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en
la misma a juicio del recurrente, art. 188 L.R.J.S El recurrente que no tenga la condición de
trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el nº de cuenta de este Juzgado nº debiendo indicar en el
campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social- Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social- Revisión”.
Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa.
Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades
Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.”
Y para que sirva de notificación al demandado HEREDEROS DE JOSE LUIS SUAREZ S.L. y NIKOPING DEVELOPS S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el
presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE
MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En ALGECIRAS, a veintiséis de marzo de dos mil veintiuno.
BOCM-20210505-138
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(03/12.630/21)
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ISSN 1989-4791