Ministerio de Hacienda (BOCM-20210505-37)
Delegación Especial de Economía y Hacienda en Madrid. Subasta inmuebles
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 106
una parcela urbana de forma triangular, con una superficie registral de 373,94 m2 y catastral de 375,00 m2.
— Linderos: Norte, en línea de ocho metros cuatrocientos milímetros y dieciocho
metros novecientos veinticinco milímetros con Travesía de Carabanchel Alto; al
Este en línea de diecisiete metros con nueve centímetros con Avenida de Carabanchel Alto; al Oeste en línea de once metros cuarenta y cinco milímetros y ocho metros quinientos cinco milímetros con finca número 2bis resultante del proyecto, y
al Sur en líneas de dos metros cincuenta y seis milímetros; dos metros setecientos
setenta centímetros; dos metros cuatrocientos noventa y cinco milímetros; tres
metros novecientos ochenta y cinco milímetros; cuatro metros seiscientos ochenta y cinco milímetros; dos metros tres centímetros; cuatro metros novecientos dieciséis milímetros; dos metros trescientos cincuenta y cinco milímetros; dos metros
cincuenta y cinco milímetros; tres metros ochocientos sesenta y siete milímetros;
cinco metros novecientos sesenta y cinco milímetros y seis metros quinientos noventa milímetros con casa de la avenida de Carabanchel Alto, 44. El Estado es titular del 19,47574428 por 100 de pleno dominio.
— Inscripción registral: Registro de la Propiedad número 15 de Madrid, finca 77933.
— Referencia catastral: 6295464VK3669E0001TJ.
— Inventario General de bienes y derechos del Estado: número 2009724280280000001.
— Condiciones urbanísticas: Las que se derivan del planeamiento urbanístico, a verificar por los interesados en el Ayuntamiento.
— Cargas: Limitaciones del 207 de la LH La participación indivisa de 19,47574428
por 100 de esta finca adjudicada al “Estado —Administración General del Estado—” queda gravada por subrogación real con la limitación a que se refiere el artículo 207 de la Ley Hipotecaria por un plazo de dos años que finaliza el día 10 de
mayo de 2009 por título de adjudicación en virtud de certificación administrativa
de fecha 8 de julio de 2008. Constituida en la inscripción 1.a.
Saldo reparcelación: La finca de este número queda afecta al pago del saldo de la
liquidación definitiva de la cuenta del Proyecto de Reparcelación del que la misma surge como parcela de resultado siendo el saldo en la cuenta provisional de la
reparcelación de las respectivas participaciones indivisas adjudicadas, sin perjuicio de las compensaciones procedentes por razón de las indemnizaciones que pudieren tener lugar, el siguiente: a) Al 25,23471073 por 100 de la parcela adjudicado a la sociedad denominada Barsil, S. L., hoy perteneciente a la sociedad Sanpil
Proyectos y Consultoría, S. L., se le asigna una carga de treinta mil novecientos
sesenta y un euros cincuenta y seis céntimos —30.961,56 euros—. 2. Al
28,21546855 por 100 de la parcela adjudicado a los cónyuges don Amancio Molinero Onrubia y doña Eloísa García Peñalba, con carácter ganancial, se le asigna
una compensación a su favor por diferencia en gastos de dieciséis mil trescientos
sesenta y dos euros once céntimos —16.362,11 euros— 3. Al 19,47574428 por
100 de la parcela adjudicado al “Estado —Administración General del Estado—”
se le asigna una carga de veintinueve mil quinientos ochenta y nueve euros cincuenta y siete céntimos —29.589,57 euros—. 4. Al 16,23769422 por 100 de la
parcela adjudicado a los cónyuges don Emilio Fuentes Santos y doña María de los
Ángeles Arranz González, con carácter ganancial se le asigna una compensación
a su favor por diferencias en gastos de ocho mil quinientos ochenta y seis euros
ochenta y un céntimos —8.586,81 euros—. Y 5. Al 10,83638222 por 100 de la
parcela adjudicado a doña Carmen Nieto Rubio se le asigna una compensación a
su favor por diferencias en gastos de dieciséis mil setecientos dieciocho euros
treinta y un céntimos. Cuota en la urbanización: 25,256 por 100. Por título de adjudicación en virtud de certificación administrativa de fecha 8 de julio de 2008.
Constituida en la inscripción 1.a
Tipo de licitación y garantía.
— Valor de tasación: 86.559,85 euros.
— El tipo de Licitación será de 62.539,49 euros.
— El importe de la garantía será el 5 por 100 del valor del tipo, que asciende a
3.126,97 euros.
BOCM-20210505-37
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 106
una parcela urbana de forma triangular, con una superficie registral de 373,94 m2 y catastral de 375,00 m2.
— Linderos: Norte, en línea de ocho metros cuatrocientos milímetros y dieciocho
metros novecientos veinticinco milímetros con Travesía de Carabanchel Alto; al
Este en línea de diecisiete metros con nueve centímetros con Avenida de Carabanchel Alto; al Oeste en línea de once metros cuarenta y cinco milímetros y ocho metros quinientos cinco milímetros con finca número 2bis resultante del proyecto, y
al Sur en líneas de dos metros cincuenta y seis milímetros; dos metros setecientos
setenta centímetros; dos metros cuatrocientos noventa y cinco milímetros; tres
metros novecientos ochenta y cinco milímetros; cuatro metros seiscientos ochenta y cinco milímetros; dos metros tres centímetros; cuatro metros novecientos dieciséis milímetros; dos metros trescientos cincuenta y cinco milímetros; dos metros
cincuenta y cinco milímetros; tres metros ochocientos sesenta y siete milímetros;
cinco metros novecientos sesenta y cinco milímetros y seis metros quinientos noventa milímetros con casa de la avenida de Carabanchel Alto, 44. El Estado es titular del 19,47574428 por 100 de pleno dominio.
— Inscripción registral: Registro de la Propiedad número 15 de Madrid, finca 77933.
— Referencia catastral: 6295464VK3669E0001TJ.
— Inventario General de bienes y derechos del Estado: número 2009724280280000001.
— Condiciones urbanísticas: Las que se derivan del planeamiento urbanístico, a verificar por los interesados en el Ayuntamiento.
— Cargas: Limitaciones del 207 de la LH La participación indivisa de 19,47574428
por 100 de esta finca adjudicada al “Estado —Administración General del Estado—” queda gravada por subrogación real con la limitación a que se refiere el artículo 207 de la Ley Hipotecaria por un plazo de dos años que finaliza el día 10 de
mayo de 2009 por título de adjudicación en virtud de certificación administrativa
de fecha 8 de julio de 2008. Constituida en la inscripción 1.a.
Saldo reparcelación: La finca de este número queda afecta al pago del saldo de la
liquidación definitiva de la cuenta del Proyecto de Reparcelación del que la misma surge como parcela de resultado siendo el saldo en la cuenta provisional de la
reparcelación de las respectivas participaciones indivisas adjudicadas, sin perjuicio de las compensaciones procedentes por razón de las indemnizaciones que pudieren tener lugar, el siguiente: a) Al 25,23471073 por 100 de la parcela adjudicado a la sociedad denominada Barsil, S. L., hoy perteneciente a la sociedad Sanpil
Proyectos y Consultoría, S. L., se le asigna una carga de treinta mil novecientos
sesenta y un euros cincuenta y seis céntimos —30.961,56 euros—. 2. Al
28,21546855 por 100 de la parcela adjudicado a los cónyuges don Amancio Molinero Onrubia y doña Eloísa García Peñalba, con carácter ganancial, se le asigna
una compensación a su favor por diferencia en gastos de dieciséis mil trescientos
sesenta y dos euros once céntimos —16.362,11 euros— 3. Al 19,47574428 por
100 de la parcela adjudicado al “Estado —Administración General del Estado—”
se le asigna una carga de veintinueve mil quinientos ochenta y nueve euros cincuenta y siete céntimos —29.589,57 euros—. 4. Al 16,23769422 por 100 de la
parcela adjudicado a los cónyuges don Emilio Fuentes Santos y doña María de los
Ángeles Arranz González, con carácter ganancial se le asigna una compensación
a su favor por diferencias en gastos de ocho mil quinientos ochenta y seis euros
ochenta y un céntimos —8.586,81 euros—. Y 5. Al 10,83638222 por 100 de la
parcela adjudicado a doña Carmen Nieto Rubio se le asigna una compensación a
su favor por diferencias en gastos de dieciséis mil setecientos dieciocho euros
treinta y un céntimos. Cuota en la urbanización: 25,256 por 100. Por título de adjudicación en virtud de certificación administrativa de fecha 8 de julio de 2008.
Constituida en la inscripción 1.a
Tipo de licitación y garantía.
— Valor de tasación: 86.559,85 euros.
— El tipo de Licitación será de 62.539,49 euros.
— El importe de la garantía será el 5 por 100 del valor del tipo, que asciende a
3.126,97 euros.
BOCM-20210505-37
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