Colmenar Viejo (BOCM-20210504-61)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 105
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE MAYO DE 2021
Pág. 181
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
61
COLMENAR VIEJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20210504-61
En esta Entidad Local y conforme la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se encuentra expuesto al público,
a efectos de reclamaciones:
El expediente de Crédito extraordinario y/o suplemento de crédito, aprobado por el
Pleno el 29 de abril de 2021.
Los interesados podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
A. Plazo de exposición del expediente y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
B. Oficina de presentación: Registros del Ayuntamiento presencialmente o en Sede
Electrónica. Asimismo, podrán presentarse en los registros de cualquiera de los
órganos u oficinas previstos en el artículo 16 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.
C. Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
Colmenar Viejo, a 30 de abril de 2021.—El alcalde-presidente, Jorge García Díaz.
(03/15.728/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 105
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE MAYO DE 2021
Pág. 181
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
61
COLMENAR VIEJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20210504-61
En esta Entidad Local y conforme la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se encuentra expuesto al público,
a efectos de reclamaciones:
El expediente de Crédito extraordinario y/o suplemento de crédito, aprobado por el
Pleno el 29 de abril de 2021.
Los interesados podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
A. Plazo de exposición del expediente y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
B. Oficina de presentación: Registros del Ayuntamiento presencialmente o en Sede
Electrónica. Asimismo, podrán presentarse en los registros de cualquiera de los
órganos u oficinas previstos en el artículo 16 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.
C. Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
Colmenar Viejo, a 30 de abril de 2021.—El alcalde-presidente, Jorge García Díaz.
(03/15.728/21)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791