El Boalo (BOCM-20210504-62)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
Pág. 182
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 105
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
62
EL BOALO
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de la resolución de Alcaldía número 125, de 7 de abril de 2021, por el que se
convoca la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a la conservación de urbanizaciones.
BDNS (Identif.): 557005
BOCM-20210504-62
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria,
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/557005).
Primero. Beneficiarios.—Las entidades urbanísticas de conservación (EUC), así
como las comunidades de propietarios (CP); si bien estas últimas para los desarrollos urbanísticos (polígonos y alguna unidad de ejecución) constituidos con anterioridad a las vigentes NNSS; que, conforme a las fichas urbanísticas de las citadas NNSS, tenga impuesta la
obligación de conservar urbanizaciones ubicadas en término municipal de El Boalo, Cerceda y Mataelpino.
Segundo. Objeto.—Atender a lo contemplado en el artículo 136.2 de la Ley 9/2001
LSCM, en cuanto que la atribución de la conservación a los propietarios agrupados en entidad urbanística de conservación comportará al Ayuntamiento la obligación legal de subvencionar dicha entidad.
Tercero. Bases reguladoras.—Resolución de Alcaldía número 125, de 7 de abril
de 2021, publicadas en la página web del Ayuntamiento de El Boalo y en el tablón de
anuncios.
Cuarto. Cuantía.—190.000 euros, que consistirá en el equivalente al 50 por 100 del
total de gastos a tener en cuenta, que se ponderará de forma que dicha cuantía no supere el
límite de ciento cincuenta euros por empadronado en el correspondiente ámbito.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Veinte días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el tablón de edictos y página web del
Ayuntamiento de El Boalo.
El Boalo, a 12 de abril de 2021.—El alcalde, Javier de los Nietos Miguel.
(03/15.024/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de la resolución de Alcaldía número 125, de 7 de abril de 2021, por el que se
convoca la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a la conservación de urbanizaciones.
BDNS (Identif.): 557005
BOCM-20210504-62
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria,
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/557005).
Primero. Beneficiarios.—Las entidades urbanísticas de conservación (EUC), así
como las comunidades de propietarios (CP); si bien estas últimas para los desarrollos urbanísticos (polígonos y alguna unidad de ejecución) constituidos con anterioridad a las vigentes NNSS; que, conforme a las fichas urbanísticas de las citadas NNSS, tenga impuesta la
obligación de conservar urbanizaciones ubicadas en término municipal de El Boalo, Cerceda y Mataelpino.
Segundo. Objeto.—Atender a lo contemplado en el artículo 136.2 de la Ley 9/2001
LSCM, en cuanto que la atribución de la conservación a los propietarios agrupados en entidad urbanística de conservación comportará al Ayuntamiento la obligación legal de subvencionar dicha entidad.
Tercero. Bases reguladoras.—Resolución de Alcaldía número 125, de 7 de abril
de 2021, publicadas en la página web del Ayuntamiento de El Boalo y en el tablón de
anuncios.
Cuarto. Cuantía.—190.000 euros, que consistirá en el equivalente al 50 por 100 del
total de gastos a tener en cuenta, que se ponderará de forma que dicha cuantía no supere el
límite de ciento cincuenta euros por empadronado en el correspondiente ámbito.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Veinte días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el tablón de edictos y página web del
Ayuntamiento de El Boalo.
El Boalo, a 12 de abril de 2021.—El alcalde, Javier de los Nietos Miguel.
(03/15.024/21)
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