Madrid número 14 (BOCM-20210504-138)
Procedimiento 880/2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 105

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
138

MADRID NÚMERO 14
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. LAURA CARRIÓN GÓMEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 880/2020 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. LORENA HERNANDEZ GONZALEZ frente a D./Dña. ANTONIO
JOSE ASTORA DE LAS HERAS sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
ESTIMANDO la demanda de despido interpuesta por LORENA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ contra la empresa ANTONIO JOSÉ ASTORA DE LAS HERAS, DEBO DECLARAR Y DECLARO IMPROCEDENTE su despido efectuado el 16 03-2020 y, en consecuencia, DEBO CONDENAR Y CONDENO a la empresa demandada ANTONIO JOSÉ
ASTORA DE LAS HERAS a que abone a LORENA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ la cantidad de 158,22 euros por indemnización, más otros 583,62 euros por salarios de tramitación.
Notifíquese la presente a las partes haciéndoles saber que contra esta Sentencia puede
interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo
de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario
del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros
en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2512-0000-61-0880-20 del
BANCO DE SANTANDER aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al
tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el BANCO DE
SANTANDER o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento
de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad
solidaria del avalista.
Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria desde una cuenta corriente
abierta en cualquier entidad bancaria distinta de BANCO DE SANTANDER. Para ello ha
de seguir todos los pasos siguientes:
Emitir la transferencia a la cuenta bancaria siguiente: IBAN ES55 0049 3569 9200
0500 1274. En el campo ordenante, se indicará como mínimo el nombre, razón social de la
persona física o jurídica obligada a hacer el ingreso y si es posible, el nif /cif de la misma.
En el campo “beneficiario”, se identificará al juzgado o tribunal que ordena el ingreso. En
el campo “observaciones o concepto de la transferencia” se consignarán los 16 dígitos que
corresponden al procedimiento 2512-0000-61-0880-20.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a seis de abril de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/12.331/21)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20210504-138

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. ANTONIO
JOSE ASTORA DE LAS HERAS, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.