Majadahonda número 4 (BOCM-20210504-104)
Procedimiento 701/2014
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BOCM
Pág. 236
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 105
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE
104
MAJADAHONDA NÚMERO 4
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) 701/2014, entre doña Olga Rico Santiago, don Luis Durán Durán y doña Ester Ramos Estrada, en cuyos
autos se ha dictado la siguiente resolución:
Sentencia número 16/2018
En Majadahonda, a 25 de enero de 2018.—Vistos por mí, doña Alazne Basáñez Gutiérrez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 4 de Majadahonda y su partido, los presentes autos de juicio verbal seguidos ante este Juzgado bajo
el número 701 del año 2014, a instancias de doña Olga Rico Santiago, representada por el
procurador doña Olga Rico Santiago, representada por el procurador don Santiago Chipirrás Sánchez y asistida por el letrado don Luis Alberto Alonso Simón, contra doña Esther
Ramos Estrada y don Luis Durán Durán, declarados en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad.
Fallo
BOCM-20210504-104
Que debo estimar y estimo la demanda formulada por el procurador don Santiago Chipirrás Sánchez, en nombre y representación de doña Olga Rico Santiago, contra doña
Esther Ramos Estrada y don Luis Durán Durán; y, en su consecuencia, debo condenar y
condeno solidariamente a los demandados a que abonen a la actora la cantidad de 7.186,66
euros, más los intereses legales que devengue la citada cantidad desde el día 22 de octubre
de 2014 hasta la fecha de la presente resolución; y desde ésta y hasta su completo pago, el
interés legal incrementado en dos puntos. Todo ello con expresa imposición a la parte demandada de las costas procesales causadas.
De conformidad con lo establecido por los artículos 455, 458 y concordantes de la Ley
de Enjuiciamiento Civil, contra la presente resolución cabe recurso de apelación ante la
ilustrísima Audiencia Provincial, que se interpondrá mediante escrito presentado en este
Juzgado en el plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación, con expresión de los pronunciamientos impugnados.
Así por ésta, mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a doña Esther Ramos Estrada y don Luis Durán Durán, expido y firmo la presente en Majadahonda, a 13 de abril de 2021.—El letrado de la
Administración de Justicia (firmado).
(02/14.366/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE
104
MAJADAHONDA NÚMERO 4
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) 701/2014, entre doña Olga Rico Santiago, don Luis Durán Durán y doña Ester Ramos Estrada, en cuyos
autos se ha dictado la siguiente resolución:
Sentencia número 16/2018
En Majadahonda, a 25 de enero de 2018.—Vistos por mí, doña Alazne Basáñez Gutiérrez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 4 de Majadahonda y su partido, los presentes autos de juicio verbal seguidos ante este Juzgado bajo
el número 701 del año 2014, a instancias de doña Olga Rico Santiago, representada por el
procurador doña Olga Rico Santiago, representada por el procurador don Santiago Chipirrás Sánchez y asistida por el letrado don Luis Alberto Alonso Simón, contra doña Esther
Ramos Estrada y don Luis Durán Durán, declarados en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad.
Fallo
BOCM-20210504-104
Que debo estimar y estimo la demanda formulada por el procurador don Santiago Chipirrás Sánchez, en nombre y representación de doña Olga Rico Santiago, contra doña
Esther Ramos Estrada y don Luis Durán Durán; y, en su consecuencia, debo condenar y
condeno solidariamente a los demandados a que abonen a la actora la cantidad de 7.186,66
euros, más los intereses legales que devengue la citada cantidad desde el día 22 de octubre
de 2014 hasta la fecha de la presente resolución; y desde ésta y hasta su completo pago, el
interés legal incrementado en dos puntos. Todo ello con expresa imposición a la parte demandada de las costas procesales causadas.
De conformidad con lo establecido por los artículos 455, 458 y concordantes de la Ley
de Enjuiciamiento Civil, contra la presente resolución cabe recurso de apelación ante la
ilustrísima Audiencia Provincial, que se interpondrá mediante escrito presentado en este
Juzgado en el plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación, con expresión de los pronunciamientos impugnados.
Así por ésta, mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a doña Esther Ramos Estrada y don Luis Durán Durán, expido y firmo la presente en Majadahonda, a 13 de abril de 2021.—El letrado de la
Administración de Justicia (firmado).
(02/14.366/21)
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