Madrid número 12 (BOCM-20210504-129)
Procedimiento 1337/2019
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 105

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE MAYO DE 2021

Pág. 267

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
129

MADRID NÚMERO 12
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 12 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 1337/2019 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. SAÚL VALENTÍN MASGO frente a TRANSPORTE EXPRESS
MAIKROTRANS SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución
cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que, estimando íntegramente la demanda formulada por D. Saúl Valentín Masgo contra Transporte Express Maikrotrans, S. L., debo condenar y condeno a la misma a abonar al
actor la cantidad de 3940,27 euros, así como al interés legal por mora.
Notifíquese a las partes la presente resolución, haciendo saber que contra la misma,
que no es firme, cabe interponer recurso de suplicación frente al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá ser anunciado ante este Juzgado en el plazo de cinco días a
contar desde su notificación.
Así por esta mi sentencia, juzgando en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte a las partes de que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación.
Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al
tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55
0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2510-0000-00-1337-19 del BANCO DE SANTANDER
aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el BANCO DE SANTANDER o presentar aval
de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria desde una cuenta corriente
abierta en cualquier entidad bancaria distinta de BANCO DE SANTANDER. Para ello ha
de seguir todos los pasos siguientes:

BOCM-20210504-129

Emitir la transferencia a la cuenta bancaria siguiente: IBAN ES55 0049 3569 9200
0500 1274. En el campo ordenante, se indicará como mínimo el nombre o razón social de
la persona física o jurídica obligada a hacer el ingreso y si es posible, el nif /cif de la misma. En el campo beneficiario, se identificará al juzgado o tribunal que ordena el ingreso.
En el campo “observaciones o concepto de la transferencia”, se consignarán los 16 dígitos
que corresponden al procedimiento 2510-0000-00-1337-19.