C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS (BOCM-20210504-25)
Extracto convocatoria subvenciones – Resolución de 23 de abril de 2021, del Rector Magfco. de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se aprueba y hacen públicas las bases y la convocatoria de diferentes ayudas de movilidad internacional de estudiantes, cofinanciadas por el Banco Santander, para realizar estudios en el curso académico 2021-2022, dentro del Programa MUNDE
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 105
MARTES 4 DE MAYO DE 2021
Pág. 123
haya superado un mayor número de créditos. Si persistiera el empate se utilizaría la nota
media de expediente sin tener en cuenta la nota media de su carrera.
De no haberse resuelto la concesión de becas generales del presente curso en la fecha
de adjudicación de estas ayudas se utilizará como criterio haber sido beneficiario de dicha
beca en el curso anterior.
En el caso de producirse renuncias a las ayudas financieras adjudicadas, el Vicerrectorado de Relaciones Internacionales procederá a la reasignación de las ayudas entre los siguientes
alumnos de la lista anterior siguiendo el orden de las puntuaciones obtenidas según los criterios indicados anteriormente.
Séptimo
Resolución y recursos
BOCM-20210504-25
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la
publicación de dicha resolución o, alternativamente, ser impugnada directamente mediante
recurso contencioso-administrativo, ante el mismo orden jurisdiccional, en el plazo de dos
meses, contados a partir del siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Móstoles, a 23 de abril de 2021.—El Rector, Javier Ramos López.
(03/15.041/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 105
MARTES 4 DE MAYO DE 2021
Pág. 123
haya superado un mayor número de créditos. Si persistiera el empate se utilizaría la nota
media de expediente sin tener en cuenta la nota media de su carrera.
De no haberse resuelto la concesión de becas generales del presente curso en la fecha
de adjudicación de estas ayudas se utilizará como criterio haber sido beneficiario de dicha
beca en el curso anterior.
En el caso de producirse renuncias a las ayudas financieras adjudicadas, el Vicerrectorado de Relaciones Internacionales procederá a la reasignación de las ayudas entre los siguientes
alumnos de la lista anterior siguiendo el orden de las puntuaciones obtenidas según los criterios indicados anteriormente.
Séptimo
Resolución y recursos
BOCM-20210504-25
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la
publicación de dicha resolución o, alternativamente, ser impugnada directamente mediante
recurso contencioso-administrativo, ante el mismo orden jurisdiccional, en el plazo de dos
meses, contados a partir del siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Móstoles, a 23 de abril de 2021.—El Rector, Javier Ramos López.
(03/15.041/21)
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ISSN 1989-4791