Madrid número 18 (BOCM-20210504-143)
Ejecución 43/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 105

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE MAYO DE 2021

Pág. 283

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
143

MADRID NÚMERO 18
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. PILAR ORTIZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL
Juzgado de lo Social nº 18 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 43/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a
instancia de D./Dña. EPIFANIO BUENO MONTERO, D./Dña. MANUEL IONUT VADUVA, D./Dña. CRISTIAN SAENZ MARTINEZ, D./Dña. ROBERTO RODRIGUEZ
LOPEZ, D./Dña. FLORIN PETRACHE MARIAN y D./Dña. JESUS SANCHEZ LOPEZ
frente a ANUBIS VIGILANCIA Y SEGURIDAD INTEGRAL SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante,
D./Dña. EPIFANIO BUENO MONTERO, D./Dña. MANUEL IONUT VADUVA, D./Dña.
CRISTIAN SAENZ MARTINEZ, D./Dña. FLORIN PETRACHE MARIAN, D./Dña. ROBERTO RODRIGUEZ LOPEZ y D./Dña. JESUS SANCHEZ LOPEZ, frente a la demandada ANUBIS VIGILANCIA Y SEGURIDAD INTEGRAL SL, parte ejecutada, por un principal de 33.901,78 EUROS, más 5.500,00 EUROS de intereses y costas calculados
provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes, en legal forma.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar
las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición
en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador
beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO SANTANDER 2516-0000-64-0043-21.
Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
La Cuenta de Consignaciones del órgano judicial a efectos de pago será la siguiente:
2516-0000-64-0043-21 debiendo indicar en el campo concepto de pago banco cuenta consignaciones.
Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en QUINCE
DIAS puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles
que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes, en legal forma.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ANUBIS VIGILANCIA Y SEGURIDAD INTEGRAL SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20210504-143

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.