D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO (BOCM-20210503-4)
Convenio – Convenio de 16 de abril de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura y Turismo) y el Ayuntamiento de Getafe para la potenciación de actividades coreográficas en dicho municipio
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 104
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE MAYO DE 2021
Pág. 59
donde se llevan a cabo, es el medio más eficaz para facilitar el acceso de todos los ciudadanos a la cultura.
VII. Que el Ayuntamiento de Getafe está de acuerdo en prestar, en el ámbito propio,
la cooperación y asistencia activa que la Comunidad de Madrid recabe para el eficaz cumplimiento de sus objetivos en el marco de sus competencias propias, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25.2 m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local.
VIII. Que para la consecución de los referidos fines ambas partes acuerdan, a los
efectos oportunos y de conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, suscribir un convenio sujeto a las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera
Objeto del convenio
Es objeto del presente convenio el fomento, la promoción y la difusión de actividades
coreográficas en el municipio de Getafe, en centros de titularidad municipal, mediante la
colaboración de este Ayuntamiento con la Dirección General de Promoción Cultural de la
Consejería de Cultura y Turismo
Segunda.
1. Promover en el municipio de Getafe el desarrollo de un proyecto de potenciación
de actividades coreográficas que coordinará la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura y Turismo) en colaboración con el Ayuntamiento de Getafe con un doble propósito: en
primer lugar, acercar la danza, en sus distintas manifestaciones a nuevos públicos, ampliando audiencias, y en segundo lugar, facilitar unas condiciones óptimas para el desarrollo técnico y artístico de los profesionales de la danza, impulsando la creación y producción coreográfica madrileña.
2. Poner a disposición de la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura y Turismo),
locales adecuados para que una Compañía de Danza madrileña, designada de común acuerdo
entre el ayuntamiento y la propia Comunidad de Madrid, realice anualmente un programa de
actividades adecuadas al objeto de este convenio, así como los medios técnicos, materiales y
humanos municipales que resulten necesarios para la buena marcha de las mismas.
Estos locales son de uso prioritario de la compañía de danza designada por ambas instituciones, sin que esta compañía pueda ceder su uso a terceros al menos que haya un proyecto previamente aprobado por las dos administraciones en el que participen de manera
puntual creadores o compañías invitadas para trabajar con la residente.
3. En el caso de que el ayuntamiento decidiera llevar a cabo cualquier acción encaminada a la promoción de las actividades objeto del presente convenio, incluirá en todos los
elementos publicitarios, el logotipo de la Comunidad de Madrid, según el modelo que ésta
le facilitará.
4. En concreto y por medio de su Concejalía de Cultura, el ayuntamiento realizará
las siguientes aportaciones:
a) Cesión de una sala de danza con su almacén y vestuarios para uso habitual de la
compañía residente en el edificio de la Antigua Fábrica de Harinas en los horarios
que estén disponibles según la programación de la Concejalía de Cultura. Otras salas, en este espacio u otros, podrán ponerse a disposición en las mismas condiciones cuando se soliciten.
b) Cesión del “Teatro Auditorio Federico García Lorca” para los ensayos, clases y
actuaciones de la compañía cuando esté disponible según la programación de la
Concejalía de Cultura.
c) Cesión de un espacio para almacén de la compañía residente ubicada en el Polígono San Marcos.
d) Dos despachos para gestión de la compañía residente en el “Centro de Arte Ciudad
de Getafe”, de acuerdo con las disponibilidades de la Concejalía.
e) Hacerse cargo de todos los servicios de mantenimiento, limpieza y conserjería de los
espacios mencionados, así como de todos los gastos corrientes de suministros necesarios para el buen funcionamiento de las infraestructuras, excepto teléfono e Internet.
BOCM-20210503-4
Obligaciones del Ayuntamiento de Getafe
B.O.C.M. Núm. 104
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE MAYO DE 2021
Pág. 59
donde se llevan a cabo, es el medio más eficaz para facilitar el acceso de todos los ciudadanos a la cultura.
VII. Que el Ayuntamiento de Getafe está de acuerdo en prestar, en el ámbito propio,
la cooperación y asistencia activa que la Comunidad de Madrid recabe para el eficaz cumplimiento de sus objetivos en el marco de sus competencias propias, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25.2 m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local.
VIII. Que para la consecución de los referidos fines ambas partes acuerdan, a los
efectos oportunos y de conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, suscribir un convenio sujeto a las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera
Objeto del convenio
Es objeto del presente convenio el fomento, la promoción y la difusión de actividades
coreográficas en el municipio de Getafe, en centros de titularidad municipal, mediante la
colaboración de este Ayuntamiento con la Dirección General de Promoción Cultural de la
Consejería de Cultura y Turismo
Segunda.
1. Promover en el municipio de Getafe el desarrollo de un proyecto de potenciación
de actividades coreográficas que coordinará la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura y Turismo) en colaboración con el Ayuntamiento de Getafe con un doble propósito: en
primer lugar, acercar la danza, en sus distintas manifestaciones a nuevos públicos, ampliando audiencias, y en segundo lugar, facilitar unas condiciones óptimas para el desarrollo técnico y artístico de los profesionales de la danza, impulsando la creación y producción coreográfica madrileña.
2. Poner a disposición de la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura y Turismo),
locales adecuados para que una Compañía de Danza madrileña, designada de común acuerdo
entre el ayuntamiento y la propia Comunidad de Madrid, realice anualmente un programa de
actividades adecuadas al objeto de este convenio, así como los medios técnicos, materiales y
humanos municipales que resulten necesarios para la buena marcha de las mismas.
Estos locales son de uso prioritario de la compañía de danza designada por ambas instituciones, sin que esta compañía pueda ceder su uso a terceros al menos que haya un proyecto previamente aprobado por las dos administraciones en el que participen de manera
puntual creadores o compañías invitadas para trabajar con la residente.
3. En el caso de que el ayuntamiento decidiera llevar a cabo cualquier acción encaminada a la promoción de las actividades objeto del presente convenio, incluirá en todos los
elementos publicitarios, el logotipo de la Comunidad de Madrid, según el modelo que ésta
le facilitará.
4. En concreto y por medio de su Concejalía de Cultura, el ayuntamiento realizará
las siguientes aportaciones:
a) Cesión de una sala de danza con su almacén y vestuarios para uso habitual de la
compañía residente en el edificio de la Antigua Fábrica de Harinas en los horarios
que estén disponibles según la programación de la Concejalía de Cultura. Otras salas, en este espacio u otros, podrán ponerse a disposición en las mismas condiciones cuando se soliciten.
b) Cesión del “Teatro Auditorio Federico García Lorca” para los ensayos, clases y
actuaciones de la compañía cuando esté disponible según la programación de la
Concejalía de Cultura.
c) Cesión de un espacio para almacén de la compañía residente ubicada en el Polígono San Marcos.
d) Dos despachos para gestión de la compañía residente en el “Centro de Arte Ciudad
de Getafe”, de acuerdo con las disponibilidades de la Concejalía.
e) Hacerse cargo de todos los servicios de mantenimiento, limpieza y conserjería de los
espacios mencionados, así como de todos los gastos corrientes de suministros necesarios para el buen funcionamiento de las infraestructuras, excepto teléfono e Internet.
BOCM-20210503-4
Obligaciones del Ayuntamiento de Getafe