Madrid (BOCM-20210430-56)
Régimen económico. Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 102

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad
Extracto del decreto del delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, por el que se aprueba la convocatoria de subvención CAMBIA 360.
BDNS (identif.): 557668
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/557668).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.—Titulares de licencia de autotaxi del Ayuntamiento de
Madrid que hayan adquirido o tengan intención de adquirir un vehículo nuevo, de las marcas y modelos autorizados, para la prestación del servicio de autotaxi en el período comprendido 16 de julio de 2020 hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes o hasta agotarse el crédito, y que reúnan las siguientes características:
— Tramo 1:

d Vehículos Cero emisiones no incluidos en el tramo 1, vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con
una autonomía mínima de 40 kilómetros, o ECO no previstos en el tramo 2.
Segundo. Procedimiento de concesión.—De acuerdo con lo establecido en el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el procedimiento
de concesión es el de concurrencia competitiva, estableciéndose como criterio de adjudicación un orden de prelación según fecha de presentación de las solicitudes de subvención.
Tercero. Finalidad.—Contribuir a la mejora de la calidad del aire y fomentar la modernización del sector, potenciando la utilización de combustibles limpios que supongan el
ahorro de los recursos naturales escasos y promuevan la protección del medio ambiente, así
como la reducción en la emisión de gases contaminantes que produce el parque circulante
de vehículos de la ciudad.
Cuarto. Bases reguladoras.—Ordenanza de bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30
de octubre de 2013.

BOCM-20210430-56

d Vehículos Cero emisiones eléctricos de batería (BEV) o vehículos de pila de
combustible.
d Vehículos Eurotaxi Cero emisiones y ECO.
— Tramo 2:
d Vehículo Cero emisiones no incluidos en el tramo 1, vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con
una autonomía mínima de 40 kilómetros, o ECO cuando el vehículo sustituido
sea etiqueta B.
— Tramo 3: