Madrid número 20 (BOCM-20210430-184)
Procedimiento 701/2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 102

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
184

MADRID NÚMERO 20
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ALMUDENA ORTIZ MARTIN LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 20 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 701/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D./Dña. MARIA ISABEL CARABIAS LÓPEZ, D./Dña. LIANA ALEXANDRA MANOLE, D./Dña. SANDRA PATRICIA LOZADA GRISALES y D./Dña. PEDRO FÉLIX
SANGUINO CAUMEL frente a ELSIETEPUNTONET SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
Que estimando la demanda de DESPIDO Y CANTIDAD formulada por Dª MARIA
ISABEL CARABIAS LOPEZ, Dª LIANA ALEXANDRA MANOLE,D. PEDRO FELIX
SANGUNO CAUMEL Y Dª SANDRA PATRICIA LOZADA GRISALES contra LA EMPRESA ELSIETEPUNTONET S.L y siendo parte FOGASA que no comparecen pese a estar citados en legal, debo declarar y declaro improcedente el despido de los actores de fecha de efectos de 25.05.2020 extinguida la relación laboral y condenando a la empresa
demandada a que abone a:
Dª MARIA ISABEL CARABIAS LOPEZ, en concepto de indemnización la suma
de 14.594,44 euros y 15.444,17 euros en conceptos de salarios de tramitación.
Dª LIANA ALEXANDRA MANOLE a en concepto de indemnización la suma
de 9.444,90 euros y 9.994,81 euros en conceptos de salarios de tramitación.
D. PEDRO FELIX SANGUNO CAUMEL en concepto de indemnización la suma
de 10.044,16 euros y 10.999,73 euros en conceptos de salarios de tramitación.
Dª SANDRA PATRICIA LOZADA GRISALES en concepto de indemnización la
suma de 28.566,25 euros y 9.065 euros en conceptos de salarios de tramitación.
Asimismo la empresa demandada abonará a:
Dª MARIA ISABEL CARABIA LOPEZ la suma de 640,94 euros.
Dª LIANA ALEXANDRA MANOLE la suma de 382,47 euros.
Dª SANDRA PATRICIA LOZADA GRISALES la suma de 369,44 euros cantidades
a las que será de aplicación el 10 por 100 de interés de mora.
En cuanto a FOGASA habrá de estar y pasar por esta declaración.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a quince de febrero de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/12.290/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20210430-184

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ELSIETEPUNTONET
SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID.