Madrid número 15 (BOCM-20210430-175)
Procedimiento 51/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 102

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE ABRIL DE 2021

Pág. 381

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
175

MADRID NÚMERO 15
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARIA DOLORES MARIN RELANZON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 15 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 51/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ELEANA SANCHEZ HUERTA frente a DENTOESTETIC
CENTRO DE SALUD Y ESTETICA DENTAL SL y ACCOUNT CONTROLIUS&AEQUITAS ADMINISTRADORES CONCURSALES SLP sobre Procedimiento
Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
FALLO
Se estima la demanda formulada por Dª ELEANA SÁNCHEZ HUERTA con DNI
52993887R frente a DENTOESTETIC CENTRO DE SALUD y ESTÉTICA DENTAL,
SLU con CIF B86575685, condenando a la demandada a abonar a la actora el importe
de 3.038,245 euros brutos más el 10% de interés anual por mora desde la fecha del respectivo devengo y hasta la de la presente resolución.
No procede efectuar declaración respeto al organismo de garantía, Fondo de Garantía
Salarial sin perjuicio de lo que proceda tras los trámites oportunos y conforme a lo previsto en el ordenamiento laboral.
Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su
unión a autos, y hágase saber a las partes que si la opción fuera el cumplimiento de lo acordado, el cumplimiento en su integridad de la obligación exigida contenida en el título (incluido abono de intereses procesales si proceden), en el plazo de veinte días siguientes a la
firmeza de la sentencia o desde que el título haya quedado constituido u obligación declarada en título ejecutable determina de conformidad con el artículo 239.3 de la LRSJ la exoneración de costas de la ejecución.
Se acuerda notificar esta sentencia a las partes, y de conformidad con el artículo 191
de la LRJS se advierte que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala
de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, del modo siguiente:
ANUNCIO DEL RECURSO artículo 194 de la LRJS.
Dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, bastando para ello
la mera manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o de su representante, al hacerle la notificación de aquélla, de su propósito de entablarlo. También podrá anunciarse por comparecencia o por escrito de las partes o de su abogado o graduado
social colegiado, o representante ante el juzgado que dictó la resolución impugnada, dentro
del indicado plazo.

DATOS ENTIDAD BANCARIA DONDE REALIZAR DEPÓSITO
Cuenta abierta, en la entidad Banco Santander, a nombre de este Juzgado Social número 15 de Madrid con el número de referencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274
indicando como concepto la cuenta del Juzgado 2513-0000 61 0051 21
CONSIGNACIÓN DE CONDENA artículo 230 de la LRJS.

BOCM-20210430-175

DEPÓSITO artículo 229 de la LRJS.
Todo el que, sin tener la condición de trabajador, causahabiente suyo o beneficiario del
régimen público de la Seguridad Social, anuncie recurso de suplicación, consignará como
depósito trescientos euros.
También estarán exentas de depositar y realizar consignación de condena las entidades públicas referidas en el artículo 229.4 LRJS.