Madrid número 13 (BOCM-20210430-117)
Procedimiento 1658/2020
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 312

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 102

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE
117

MADRID NÚMERO 13
EDICTO

Don Daniel Alejandro Ignacio Campos, letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción Nº 13 de Madrid.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves nº 1658/2020 se ha dictado la
presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
SENTENCIA Nº 81/2021
En Madrid a veinticinco de febrero de 2021.—El Iltmo. Sr. Don Hermenegildo Alfredo Barrera Aguirre, Magistrado-Juez del Juzgado de instrucción número trece de esta ciudad, ha visto y examinado los presentes autos de juicio por Delito Leve nº 1658/2020, en
los que aparecen como denunciantes perjudicados Pull&Bear, asistida de letrada y Primark
y como parte denunciada Khalid Aarab, siendo parte asimismo el Ministerio Fiscal, ha dictado la presente sentencia en base a los siguientes.
FALLO
Condeno a Khalid Aarab como autor de un delito contra el patrimonio, hurto continuado, del artículo 234.2 y 3 y 74 del Código Penal, a la pena de 90 días multa con una cuota
diaria de 3 euros, de conformidad con lo establecido en el fundamento tercero de esta resolución. La parte condenada deberá abonar las costas de este juicio.
Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y a las partes instruyéndolas de
su derecho a recurrirla en apelación, ante la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid en el término de cinco días contados a partir del siguiente al de su notificación, quedando durante
los mismos los autos a disposición de las partes en esta Secretaria, haciéndoles saber que el
recurso deberá ser formalizado ante este juzgado mediante escrito, durante ese plazo, exponiendo en el mismo los motivos de la apelación, conforme estableced el artículo 976 de la
Ley de Enjuiciamiento Criminal, sin cuyo requisito no se admitirá la misma.
Así por esta mi sentencia, la mando, pronuncio y firmo.
PUBLICACIÓN
Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Magistrado-Juez, que la
dictó celebrando Audiencia Pública en el día de hoy que es el día de su fecha. De lo que yo
el Letrado de la Administración de Justicia doy fe.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a D./Dña. KHALID AARAB,
actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Madrid, expido la presente.
En Madrid, a 06 de abril de 2021.

BOCM-20210430-117

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/12.062/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791