C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD (BOCM-20210430-20)
Normas urbanísticas – Orden 785/2021, de 22 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, por la que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias del planeamiento municipal de Chapinería: “Cambio de calificación urbanística de parcela situada en avenida de los Cañales, número 19, de equipamiento a infraestructuras”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 102
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE ABRIL DE 2021
Pág. 145
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente,
Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
ORDEN 785/2021, de 22 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, por la que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias del planeamiento municipal de
Chapinería: “Cambio de calificación urbanística de parcela situada en avenida
de los Cañales, número 19, de equipamiento a infraestructuras”.
La presente Orden tiene por objeto aprobar la Modificación Puntual de las Normas
Subsidiarias del planeamiento municipal de Chapinería, mediante el cambio de la calificación de la parcela catastral número 6709906UK9760N0001BO, situada en el número 19 de
la avenida de los Cañales, incluida en el polígono industrial, de red local a una infraestructura de red general, en concreto, una instalación de gas, afectada por la ordenanza 8.1 “Dotaciones y Equipamientos”, por la calificación de ordenanza 10, “Servicios Urbanos e Infraestructuras”.
El municipio de Chapinería no dispone de suelo calificado para el emplazamiento de
infraestructuras, con lo que la modificación permitiría la construcción de este tipo de instalaciones, necesarias para el uso general del municipio y consideradas de interés público.
Asimismo, supone la modificación del perímetro de afección de la ordenanza 8.1 “Dotaciones y Equipamientos”, excluyendo de esta zona de ordenanza la parcela catastral número 7510538UK9771S0001MG, ubicada en avenida del Polideportivo, número 10, en la
que ya existía una vivienda de propiedad particular, a la fecha de aprobación de las Normas
Subsidiarias vigentes, que resulta ser un error recogido en los Planos de las Normas Subsidiarias que se pretende corregir.
La documentación afectada por la modificación son los planos P.4.a Zonificación
del suelo urbano (núcleo urbano de Chapinería), P.5.a. Gestión y Áreas de reparto y P.6.
Estructura general, en los que se refleja el cambio de calificación de las parcelas catastrales números 7510538UK9771S0001MG (avenida del Polideportivo, número 10)
y 6709906UK9760N0001BO (avenida de los Cañales, número 19).
En relación al análisis y valoración de la Modificación Puntual, la Dirección General
de Urbanismo, en sus informes técnico y jurídico, de fechas 1 y 4 de marzo de 2021, respectivamente, informa favorablemente la propuesta, señalando que se justifica adecuadamente el interés general perseguido y la inclusión del contenido y determinaciones de ordenación necesarias dentro de la documentación modificada de las normas urbanísticas.
En cuanto a la tramitación administrativa seguida, se han cumplimentado los trámites
previstos en los artículos 57 y siguientes de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la
Comunidad de Madrid, que regula el procedimiento de aprobación de los Planes Generales
y de sus Modificaciones y Revisiones en su fase municipal.
La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 25 de marzo de 2021, aceptando la propuesta formulada por la Dirección General de Urbanismo el 17 de marzo de 2021,
informó favorablemente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias del planeamiento municipal de Chapinería: “Cambio de calificación urbanística de parcela situada en
avenida de los Cañales, número 19, de equipamiento a infraestructuras”.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio,
del Suelo de la Comunidad de Madrid, corresponde a la Consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad aprobar definitivamente, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid, las modificaciones de los Planes Generales y de los Planes de Sectorización de los municipios con población de derecho inferior a 15.000
habitantes, como en el presente caso.
Conforme a lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del
Suelo de la Comunidad de Madrid, y a efectos de garantizar su publicidad, previo a la publicación de la presente Orden, se depositará un ejemplar del expediente en la Unidad de
Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y
BOCM-20210430-20
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Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
ORDEN 785/2021, de 22 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, por la que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias del planeamiento municipal de
Chapinería: “Cambio de calificación urbanística de parcela situada en avenida
de los Cañales, número 19, de equipamiento a infraestructuras”.
La presente Orden tiene por objeto aprobar la Modificación Puntual de las Normas
Subsidiarias del planeamiento municipal de Chapinería, mediante el cambio de la calificación de la parcela catastral número 6709906UK9760N0001BO, situada en el número 19 de
la avenida de los Cañales, incluida en el polígono industrial, de red local a una infraestructura de red general, en concreto, una instalación de gas, afectada por la ordenanza 8.1 “Dotaciones y Equipamientos”, por la calificación de ordenanza 10, “Servicios Urbanos e Infraestructuras”.
El municipio de Chapinería no dispone de suelo calificado para el emplazamiento de
infraestructuras, con lo que la modificación permitiría la construcción de este tipo de instalaciones, necesarias para el uso general del municipio y consideradas de interés público.
Asimismo, supone la modificación del perímetro de afección de la ordenanza 8.1 “Dotaciones y Equipamientos”, excluyendo de esta zona de ordenanza la parcela catastral número 7510538UK9771S0001MG, ubicada en avenida del Polideportivo, número 10, en la
que ya existía una vivienda de propiedad particular, a la fecha de aprobación de las Normas
Subsidiarias vigentes, que resulta ser un error recogido en los Planos de las Normas Subsidiarias que se pretende corregir.
La documentación afectada por la modificación son los planos P.4.a Zonificación
del suelo urbano (núcleo urbano de Chapinería), P.5.a. Gestión y Áreas de reparto y P.6.
Estructura general, en los que se refleja el cambio de calificación de las parcelas catastrales números 7510538UK9771S0001MG (avenida del Polideportivo, número 10)
y 6709906UK9760N0001BO (avenida de los Cañales, número 19).
En relación al análisis y valoración de la Modificación Puntual, la Dirección General
de Urbanismo, en sus informes técnico y jurídico, de fechas 1 y 4 de marzo de 2021, respectivamente, informa favorablemente la propuesta, señalando que se justifica adecuadamente el interés general perseguido y la inclusión del contenido y determinaciones de ordenación necesarias dentro de la documentación modificada de las normas urbanísticas.
En cuanto a la tramitación administrativa seguida, se han cumplimentado los trámites
previstos en los artículos 57 y siguientes de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la
Comunidad de Madrid, que regula el procedimiento de aprobación de los Planes Generales
y de sus Modificaciones y Revisiones en su fase municipal.
La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 25 de marzo de 2021, aceptando la propuesta formulada por la Dirección General de Urbanismo el 17 de marzo de 2021,
informó favorablemente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias del planeamiento municipal de Chapinería: “Cambio de calificación urbanística de parcela situada en
avenida de los Cañales, número 19, de equipamiento a infraestructuras”.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio,
del Suelo de la Comunidad de Madrid, corresponde a la Consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad aprobar definitivamente, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid, las modificaciones de los Planes Generales y de los Planes de Sectorización de los municipios con población de derecho inferior a 15.000
habitantes, como en el presente caso.
Conforme a lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del
Suelo de la Comunidad de Madrid, y a efectos de garantizar su publicidad, previo a la publicación de la presente Orden, se depositará un ejemplar del expediente en la Unidad de
Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y
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