Madrid número 4 (BOCM-20210430-140)
Ejecución 133/2020
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 336
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 102
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
140
MADRID NÚMERO 4
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María José Villagrán Moriana, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado
de lo social número 4 de Madrid.
BOCM-20210430-140
Hago saber: Que en el procedimiento número 133/2020 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Dolores Peña Orea, frente a Le Max Contact Center, S. L.,
sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:
Despachar orden general de ejecución de sentencia y auto de extinción de la relación laboral a favor de la parte ejecutante, doña María Dolores Peña Orea, frente a la demandada Le
Max Contact Center, S. L., parte ejecutada, por un principal de 15.990,42 euros (correspondiente a 938,95 euros de salarios debidos, más 93,89 de interés de mora, que se determina en
la sentencia, así como 4.839,42 euros de indemnización y 10.118.16 euros de salarios de tramitación determinados en el auto de extinción de la relación laboral), más 2.398,56 euros de
intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los
tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador
beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander, número 2502-0000-64-0133-20.
Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma.—La ilustrísima señora magistradajuez, doña María Luisa Sanz Anchuela.—El magistrado-juez.
Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los
interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la
LRJS.—Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Le Max Contact Center, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,
salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 5 de abril de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(03/12.081/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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140
MADRID NÚMERO 4
EDICTO
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Doña María José Villagrán Moriana, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado
de lo social número 4 de Madrid.
BOCM-20210430-140
Hago saber: Que en el procedimiento número 133/2020 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Dolores Peña Orea, frente a Le Max Contact Center, S. L.,
sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:
Despachar orden general de ejecución de sentencia y auto de extinción de la relación laboral a favor de la parte ejecutante, doña María Dolores Peña Orea, frente a la demandada Le
Max Contact Center, S. L., parte ejecutada, por un principal de 15.990,42 euros (correspondiente a 938,95 euros de salarios debidos, más 93,89 de interés de mora, que se determina en
la sentencia, así como 4.839,42 euros de indemnización y 10.118.16 euros de salarios de tramitación determinados en el auto de extinción de la relación laboral), más 2.398,56 euros de
intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los
tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador
beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander, número 2502-0000-64-0133-20.
Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma.—La ilustrísima señora magistradajuez, doña María Luisa Sanz Anchuela.—El magistrado-juez.
Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los
interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la
LRJS.—Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Le Max Contact Center, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,
salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 5 de abril de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(03/12.081/21)
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ISSN 1989-4791