C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210430-15)
Autorización gasto ayudas directas – Acuerdo de 28 de abril de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza un gasto por importe de 679.287.790 euros para la línea COVID de ayudas directas a autónomos y empresas financiada por el Gobierno de España, así como otro gasto por importe de 220.000.000 de euros correspondiente a la línea COVID complementaria de ayudas directas a autónomos y empresas financiada por la Comunidad de Madrid, se aprueba el procedimiento de concesión directa y se procede a su convocatoria
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 134
VIERNES 30 DE ABRIL DE 2021
9.
B.O.C.M. Núm. 102
Autorización de cruce de datos con la AEAT.
MUY RECOMENDADO. El solicitante podrá autorizar el cruce de datos con la Agencia Tributaria,
reduciendo el plazo de tramitación de su solicitud y evitando tener que presentar documentación adicional.
10. Documentación tributaria requerida
Solo debe aportarse si no se ha autorizado el cruce de datos con la AEAT.
Deberá aportarse la documentación en función de las circunstancias concretas de cada solicitante para la
tramitación de su solicitud.
11. Datos de la entidad bancaria a efectos de la subvención
Se indicarán los datos relativos a la entidad bancaria a los efectos del ingreso de la subvención.
12. Declaración disposición adicional cuarta del Real Decreto Ley 5/2021
Este apartado es de obligado cumplimiento.
13. Declaración de otras ayudas
Página 7 de 8
Modelo: 2966F1
BOCM-20210430-15
Se debe indicar únicamente si el solicitante se encuentra en una de las situaciones indicadas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 134
VIERNES 30 DE ABRIL DE 2021
9.
B.O.C.M. Núm. 102
Autorización de cruce de datos con la AEAT.
MUY RECOMENDADO. El solicitante podrá autorizar el cruce de datos con la Agencia Tributaria,
reduciendo el plazo de tramitación de su solicitud y evitando tener que presentar documentación adicional.
10. Documentación tributaria requerida
Solo debe aportarse si no se ha autorizado el cruce de datos con la AEAT.
Deberá aportarse la documentación en función de las circunstancias concretas de cada solicitante para la
tramitación de su solicitud.
11. Datos de la entidad bancaria a efectos de la subvención
Se indicarán los datos relativos a la entidad bancaria a los efectos del ingreso de la subvención.
12. Declaración disposición adicional cuarta del Real Decreto Ley 5/2021
Este apartado es de obligado cumplimiento.
13. Declaración de otras ayudas
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Modelo: 2966F1
BOCM-20210430-15
Se debe indicar únicamente si el solicitante se encuentra en una de las situaciones indicadas.