Madrid número 20 (BOCM-20210429-133)
Ejecución 6/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 101

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE ABRIL DE 2021

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
133

MADRID NÚMERO 20
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ALMUDENA ORTIZ MARTIN LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 20 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 6/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a
instancia de D./Dña. JOHN EDWIN BULLA GARCIA frente a FOGASA y PAVIMENTOS Y CONSTRUCCIONES PAVI sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado
Auto y decreto de fecha 31/03/2021 cuya parte dispositiva es la siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de auto a favor de la parte ejecutante, D./Dña.
JOHN EDWIN BULLA GARCIA, frente a la demandada PAVIMENTOS Y CONSTRUCCIONES PAVI, parte ejecutada, por un principal de 6.024,69 EUROS, más 301 EUROS y
602 EUROS de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros
en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2518-000064-0006-21.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
D./Dña. MARIA VALVANUZ GARCIA PEÑA
EL MAGISTRADO-JUEZ
PARTE DISPOSITIVA
Se tiene por aportado número de cuenta transfiriendo la cantidad de 3.091,06 euros
en concepto de principal puesta a disposición de la parte ejecutante en resolución de fecha 04/03/2021.
Se acuerda poner a disposición de la parte ejecutante la cantidad de 463 euros en concepto de principal transfiriendo dicha cantidad al número de cuenta facilitado por la parte.
Queda reducido el principal en la presente ejecución a 5.561,69 euros.

- REQUERIR a PAVIMENTOS Y CONSTRUCCIONES PAVI a fin de que manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución. Deberá manifestar dicha relación con la precisión necesaria para garantizar sus responsabilidades. Deberá, asimismo, indicar las personas que ostenten derechos de cualquier
naturaleza sobre sus bienes y, de estar sujetos a otro proceso, concretar los extremos de éste
que puedan interesar a la ejecución. Esta obligación incumbirá, cuando se trate de personas
jurídicas, a sus administradores o a las personas que legalmente las representen y cuando se
trate de comunidades de bienes o grupos sin personalidad, a quienes aparezcan como sus

BOCM-20210429-133

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo: