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Convenio –  Convenio de 21 de abril de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura y Turismo) y el Ayuntamiento de Coslada, para la potenciación de actividades coreográficas
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 101

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE ABRIL DE 2021

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donde se llevan a cabo, es el medio más eficaz para facilitar el acceso de todos los ciudadanos a la cultura.
VII. Que el Ayuntamiento de Coslada está de acuerdo en prestar, en el ámbito propio, la cooperación y asistencia activa que la Comunidad de Madrid recabe para el eficaz
cumplimiento de sus objetivos en el marco de sus competencias propias, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 25.2 m) de la Ley 7/1985. De 2 de abril Reguladora de las Bases del
Régimen Local.
VIII. Que para la consecución de los referidos fines ambas partes acuerdan, a los
efectos oportunos y de conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, suscribir un convenio sujeto a las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera
Objeto del Convenio
Es objeto del presente Convenio el fomento, la promoción y la difusión de actividades
coreográficas en el municipio de Coslada en centros de titularidad municipal, mediante la
colaboración de este Ayuntamiento con la Dirección General de Promoción Cultural de la
Consejería de Cultura y Turismo.
Segunda
1. Promover en el municipio de Coslada el desarrollo de un proyecto de potenciación
de actividades coreográficas que coordinará la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura y Turismo) en colaboración con el Ayuntamiento de Coslada con un doble propósito:
en primer lugar, acercar la danza, en sus distintas manifestaciones a nuevos públicos, ampliando audiencias, y en segundo lugar , facilitar unas condiciones óptimas para el desarrollo técnico y artístico de los profesionales de la danza, impulsando la creación y producción
coreográfica madrileña.
2. Poner a disposición de la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura y Turismo) locales adecuados para que una Compañía de Danza Madrileña, designada de común
acuerdo entre el ayuntamiento y la propia Comunidad de Madrid, realice anualmente un
programa de actividades adecuadas al objeto de este Convenio, así como los medios técnicos, materiales y humanos municipales que resulten necesarios para la buena marcha de las
mismas.
Estos locales son de uso prioritario de la compañía de danza designada por ambas instituciones, sin que esta compañía pueda ceder su uso a terceros al menos que haya un proyecto previamente aprobado por las dos administraciones en el que participen de manera
puntual creadores o compañías invitadas para trabajar con la residente.
3. En el caso de que el ayuntamiento decidiera llevar a cabo cualquier acción encaminada a la promoción de las actividades objeto del presente Convenio, incluirá en todos
los elementos publicitarios, el logotipo de la Comunidad de Madrid, según el modelo que
esta le facilitará.
4. En concreto y por medio de su Concejalía de Cultura, Participación Ciudadana y
Educación, realizará las siguientes aportaciones:
a) Cesión de los espacios que a continuación se especifican, durante la vigencia del
presente Convenio y con el régimen de utilización que se indica:
— Sala de ensayos de lunes a viernes, de 8:00 a 15:00 en el Centro Cultural Margarita Nelken. Dicha sala podrá ser utilizada, además, en horario de 15:00 a 22:00
en el caso de que sea precios desarrollar talleres formativos para la población de
Coslada.
— Oficina a tiempo completo y horario máximo de 8:00 a 22:00 horas en el referido Centro.
— Almacén de uso exclusivo por la compañía a tiempo completo.
b) Permitir el uso del Teatro “La Jaramilla” durante los ensayos, estrenos, campañas
escolares o cualquier otra actividad relacionada con el objeto de este Convenio y
durante toda la vigencia del mismo, garantizando un mínimo de 25 días completos.

BOCM-20210429-47

Obligaciones del Ayuntamiento de Coslada