C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210429-31)
Convenio colectivo –  Resolución de 12 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo del sector de Construcción y Obras Públicas, suscrito por Asociación de Empresas de la Construcción de Madrid (Aecom) y por la representación sindical, CC OO Construcción y Servicios de Madrid y UGT-FICA Madrid (código número 28001055011982)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 101

JUEVES 29 DE ABRIL DE 2021

Pág. 159

ANEXO XIII
A la Comisión Paritaria Provincial/Estatal
Modificación sustancial de condiciones de trabajo
Acta de desacuerdo

Datos de la Empresa .........................................................................................................................................................................
Nombre o razón social .......................................................................................................................................................................
CIF .....................................

Domicilio social ................................................................................................................................

Localidad ......................................................................

Código Postal ........................................................................................

Convenio/s colectivo/s aplicable/s ......................................................................................................................................................
............................................................................................................................................................................................................

La Empresa ……………………………………………………………. y su Representación de las Personas Trabajadoras, comunican
que han finalizado sin acuerdo la inaplicación planteada de acuerdo al artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores.
Se remite a la Comisión Paritaria la presente Acta junto con la solicitud de modificación de la empresa y sus causas, junto con la
documentación correspondiente. Se envían, asimismo, en su caso, las alegaciones que efectúa la Representación de las Personas
Trabajadoras y la documentación aportada.
Ambas partes, Empresa y Representación de las Personas Trabajadoras, se dirigen a la Comisión Paritaria para que ésta resuelva
la discrepancia, solicitando ambas partes, para el caso de que la Comisión no alcance acuerdo, someterse al Arbitraje Vinculante
del correspondiente Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid.

En ……………………………………… a …………… de ………………………. de ………………….

Firmado
Representación Personas Trabajadoras

Firmado
Empresa

BOCM-20210429-31

(03/13.028/21)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791