Madrid (BOCM-20210428-66)
Régimen económico. Distrito de Vicálvaro. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 192
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 100
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
66
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del decreto de 20 de abril de 2021, del concejal-presidente del Distrito de Vicálvaro, por el que se aprueba la convocatoria de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo en el año 202–2022.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
— BDNS Identificadores 2021 número 558592 y número 558594.
— BDNS Identificadores 2022 número 558602 y número 558603.
Primero. Beneficiarios.—Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el
Distrito de Vicálvaro y estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus
organismos públicos aprobada por acuerdo plenario de 30 de octubre de 2013, modificada por
el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2017 –OBRGS-.
Segundo. Objeto.—La promoción del tejido asociativo y la participación de las entidades ciudadanas del municipio de Madrid que, en los años 2021 y 2022, y como consecuencia de la crisis provocada por el coronavirus COVID-19, han de contribuir a paliar las
consecuencias negativas que esta ha provocado a la ciudadanía madrileña desde el punto de
vista personal, económico y social.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos
de 30 de octubre de 2013, modificada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de
Madrid, de 31 de mayo de 2017, publicada en www.madrid.es
Cuantía.—El importe total destinado a la convocatoria de la anualidad 2021 asciende
a 65.000 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de Proyectos: 45.000 euros.
— Modalidad de Gastos de mantenimiento y funcionamiento de sedes sociales u
otros espacios: 20.000 euros (gastos de alquiler y funcionamiento de sede social).
El importe total destinado para la anualidad 2022 asciende a 65.000 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de Proyectos: 50.000 euros.
— Modalidad de Gastos de mantenimiento y funcionamiento de sedes sociales u
otros espacios: 15.000 euros (Gastos de alquiler y funcionamiento de sede social).
La cuantía de la subvención se considerará importe cierto quedando de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de la actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiación pública por el importe en
que la misma exceda del coste total de dicha actividad.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Para la convocatoria ordinaria
de 2021, el plazo de presentación será de quince días hábiles, contados desde el siguiente a
la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Para la anualidad 2022, el plazo de presentación será del 10 de diciembre de 2021 al 20
de enero de 2022.
Sexto. Otros datos.—Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de
concurrencia competitiva.
BOCM-20210428-66
Distrito de Vicálvaro
Pág. 192
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 100
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
66
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del decreto de 20 de abril de 2021, del concejal-presidente del Distrito de Vicálvaro, por el que se aprueba la convocatoria de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo en el año 202–2022.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
— BDNS Identificadores 2021 número 558592 y número 558594.
— BDNS Identificadores 2022 número 558602 y número 558603.
Primero. Beneficiarios.—Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el
Distrito de Vicálvaro y estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus
organismos públicos aprobada por acuerdo plenario de 30 de octubre de 2013, modificada por
el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2017 –OBRGS-.
Segundo. Objeto.—La promoción del tejido asociativo y la participación de las entidades ciudadanas del municipio de Madrid que, en los años 2021 y 2022, y como consecuencia de la crisis provocada por el coronavirus COVID-19, han de contribuir a paliar las
consecuencias negativas que esta ha provocado a la ciudadanía madrileña desde el punto de
vista personal, económico y social.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos
de 30 de octubre de 2013, modificada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de
Madrid, de 31 de mayo de 2017, publicada en www.madrid.es
Cuantía.—El importe total destinado a la convocatoria de la anualidad 2021 asciende
a 65.000 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de Proyectos: 45.000 euros.
— Modalidad de Gastos de mantenimiento y funcionamiento de sedes sociales u
otros espacios: 20.000 euros (gastos de alquiler y funcionamiento de sede social).
El importe total destinado para la anualidad 2022 asciende a 65.000 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de Proyectos: 50.000 euros.
— Modalidad de Gastos de mantenimiento y funcionamiento de sedes sociales u
otros espacios: 15.000 euros (Gastos de alquiler y funcionamiento de sede social).
La cuantía de la subvención se considerará importe cierto quedando de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de la actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiación pública por el importe en
que la misma exceda del coste total de dicha actividad.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Para la convocatoria ordinaria
de 2021, el plazo de presentación será de quince días hábiles, contados desde el siguiente a
la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Para la anualidad 2022, el plazo de presentación será del 10 de diciembre de 2021 al 20
de enero de 2022.
Sexto. Otros datos.—Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de
concurrencia competitiva.
BOCM-20210428-66
Distrito de Vicálvaro