Madrid (BOCM-20210428-63)
Régimen económico. Distrito de Chamartín. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 100
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE ABRIL DE 2021
Pág. 185
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
63
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del decreto de 8 de marzo de 2021, de la concejala-presidenta del Distrito de Chamartín, por el que se aprueba la Convocatoria de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo en el año 2021 y anticipada 2022 (2021: número 554777, y 2022: número 554779).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.—Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el
Distrito de Chamartín y estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la ordenanza de bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos aprobada por acuerdo plenario de 30 de octubre de 2013, modificada por
el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2017 (OBRGS).
Segundo. Objeto.—La promoción del tejido asociativo y la participación de las entidades ciudadanas del municipio de Madrid que, en los años 2021 y 2022 y como consecuencia de la crisis provocada por el coronavirus COVID-19, han de contribuir a paliar las consecuencias negativas que ésta ha provocado a la ciudadanía madrileña desde el punto de
vista personal, económico y social.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30 de octubre de 2013, modificada por el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo
de 2017, publicada en www.madrid.es
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a la convocatoria de la anualidad 2021,
asciende a 40.000 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de proyectos: 35.000 euros.
— Modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios: 5.000
euros (gastos de alquiler y funcionamiento de sede social).
El importe total destinado para la anualidad 2022, asciende a 40.000 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de proyectos: 35.000 euros.
— Modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios: 5.000
euros (gastos de alquiler y funcionamiento de sede social).
La cuantía de la subvención se considerará importe cierto quedando de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de la actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiación pública por el importe en
que la misma exceda del coste total de dicha actividad.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Para la convocatoria ordinaria de 2021,
el plazo de presentación será de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Para la anualidad 2022, el plazo de presentación será del 10 de diciembre de 2021 al 20 de
enero de 2022.
Sexto. Otros datos.—Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de
concurrencia competitiva.
Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme al modelo que figura como
solicitud de subvención en la presente convocatoria.
BOCM-20210428-63
Distrito de Chamartín
B.O.C.M. Núm. 100
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE ABRIL DE 2021
Pág. 185
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
63
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del decreto de 8 de marzo de 2021, de la concejala-presidenta del Distrito de Chamartín, por el que se aprueba la Convocatoria de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo en el año 2021 y anticipada 2022 (2021: número 554777, y 2022: número 554779).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.—Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el
Distrito de Chamartín y estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la ordenanza de bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos aprobada por acuerdo plenario de 30 de octubre de 2013, modificada por
el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2017 (OBRGS).
Segundo. Objeto.—La promoción del tejido asociativo y la participación de las entidades ciudadanas del municipio de Madrid que, en los años 2021 y 2022 y como consecuencia de la crisis provocada por el coronavirus COVID-19, han de contribuir a paliar las consecuencias negativas que ésta ha provocado a la ciudadanía madrileña desde el punto de
vista personal, económico y social.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30 de octubre de 2013, modificada por el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo
de 2017, publicada en www.madrid.es
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a la convocatoria de la anualidad 2021,
asciende a 40.000 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de proyectos: 35.000 euros.
— Modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios: 5.000
euros (gastos de alquiler y funcionamiento de sede social).
El importe total destinado para la anualidad 2022, asciende a 40.000 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de proyectos: 35.000 euros.
— Modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios: 5.000
euros (gastos de alquiler y funcionamiento de sede social).
La cuantía de la subvención se considerará importe cierto quedando de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de la actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiación pública por el importe en
que la misma exceda del coste total de dicha actividad.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Para la convocatoria ordinaria de 2021,
el plazo de presentación será de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Para la anualidad 2022, el plazo de presentación será del 10 de diciembre de 2021 al 20 de
enero de 2022.
Sexto. Otros datos.—Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de
concurrencia competitiva.
Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme al modelo que figura como
solicitud de subvención en la presente convocatoria.
BOCM-20210428-63
Distrito de Chamartín