Madrid número 24 (BOCM-20210428-150)
Procedimiento 966/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 100

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE ABRIL DE 2021

Pág. 307

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
150

MADRID NÚMERO 24
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 966/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D./Dña. CARLOS EDUARDO PORTILLO GONZALEZ, D./Dña. JONATHAN GOMEZ
TORRES y D./Dña. MOHAMED EL HOUMMANI AZIHIR frente a TAMIZ DISEÑO Y
PROYECTOS SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
FALLO
ESTIMANDO la demanda formulada por D. CARLOS EDUARDO PORTILLO
GONZÁLEZ frente a TAMIZ DISEÑO Y PROYECTOS S.L. DEBO DECLARAR y DECLARO LA IMPROCEDENCIA DEL DESPIDO articulado sobre dicho trabajador, ASÍ
COMO la definitiva EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL constituida en su día
por los litigantes con efectos a partir de la fecha de la presente resolución CONDENANDO
A LA DEMANDADA a pagar al trabajador una indemnización por importe de MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO EUROS CON CUARENTA Y DOS CÉNTIMOS DE
EURO (1.295,42 euros), además de la cantidad de ONCE MIL NOVECIENTOS TREINTA
Y TRES EUROS CON CINCUENTA Y DOS CÉNTIMOS DE EURO (11.933,52 euros) en
concepto de salarios de tramitación devengados desde la fecha de la efectividad del despido
hasta la fecha de la extinción de la relación laboral en virtud de lo establecido en esta sentencia, sin perjuicio de la obligación de descontar de esta última cantidad lo que hubiera podido percibir el actor en concepto de prestaciones por desempleo o en concepto de salarios
derivados de la realización de un nuevo trabajo durante el periodo concurrente.

ESTIMANDO la demanda formulada por D. JONATHAN GÓMEZ TORRES frente a
TAMIZ DISEÑO Y PROYECTOS S.L. DEBO DECLARAR y DECLARO LA IMPROCEDENCIA DEL DESPIDO articulado sobre dicho trabajador, ASÍ COMO la definitiva EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL constituida en su día por los litigantes con efectos a partir de la fecha de la presente resolución CONDENANDO A LA DEMANDADA a
pagar al trabajador una indemnización por importe de MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y
CUATRO EUROS CON DIECISIETE CÉNTIMOS DE EURO (1.394,17 euros), además
de la cantidad de DOCE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES EUROS CON
VEINTICUATRO CÉNTIMOS DE EURO (12.843,24 euros) en concepto de salarios de tramitación devengados desde la fecha de la efectividad del despido hasta la fecha de la extinción de la relación laboral en virtud de lo establecido en esta sentencia, sin perjuicio de la

BOCM-20210428-150

ESTIMANDO la demanda formulada por D. MOHAMED EL HOUMMANI AZIHIR
frente a TAMIZ DISEÑO Y PROYECTOS S.L. DEBO DECLARAR y DECLARO LA
IMPROCEDENCIA DEL DESPIDO articulado sobre dicho trabajador, ASÍ COMO la definitiva EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL constituida en su día por los litigantes con efectos a partir de la fecha de la presente resolución CONDENANDO A LA DEMANDADA a pagar al trabajador una indemnización por importe de MIL TRESCIENTOS
NOVENTA Y CUATRO EUROS CON DIECISIETE CÉNTIMOS DE EURO
(1.394,17 euros), además de la cantidad de DOCE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y
TRES EUROS CON VEINTICUATRO CÉNTIMOS DE EURO (12.843,24 euros) en concepto de salarios de tramitación devengados desde la fecha de la efectividad del despido
hasta la fecha de la extinción de la relación laboral en virtud de lo establecido en esta sentencia, sin perjuicio de la obligación de descontar de esta última cantidad lo que hubiera podido percibir el actor en concepto de prestaciones por desempleo o en concepto de salarios
derivados de la realización de un nuevo trabajo durante el periodo concurrente.