Madrid número 20 (BOCM-20210428-140)
Procedimiento 723/2020
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 296
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 100
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
140
MADRID NÚMERO 20
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. ALMUDENA ORTIZ MARTIN LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 20 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 723/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D./Dña. LUIS ALFREDO RODRIGUEZ LUNA frente a PAVIMENTOS Y CONSTRUCCIONES PAVI sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
Que estimando la demanda de despido interpuesta por D. LUIS LAFREDO RODRIGUEZ LUNA contra PAVIMENTOS Y CONSTRUCCCIONES PAVI S.C.L., Y FOGASA., debo declarar y declaro improcedente el despido del demandante, condenando a la empresa demandada a que, a su elección que deberá manifestar en el plazo de los cinco días
siguientes al de la notificación de esta sentencia, le readmita en su mismo puesto de trabajo o le indemnice en la suma de 15.050,23 euros, entendiéndose que de no hacerlo en el plazo indicado opta por lo primero, y, en caso de readmisión, con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de la notificación de la sentencia o hasta
que el trabajador haya encontrado otro empleo si tal colocación fuese anterior, en cuyo caso
habrán de descontarse los salarios percibidos en la nueva empresa. En cuanto al FOGASA,
deberá estar y pasar por la presente declaración.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PAVIMENTOS Y
CONSTRUCCIONES PAVI, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a quince de marzo de dos mil veintiuno.
BOCM-20210428-140
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/11.807/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 296
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 100
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
140
MADRID NÚMERO 20
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. ALMUDENA ORTIZ MARTIN LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 20 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 723/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D./Dña. LUIS ALFREDO RODRIGUEZ LUNA frente a PAVIMENTOS Y CONSTRUCCIONES PAVI sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
Que estimando la demanda de despido interpuesta por D. LUIS LAFREDO RODRIGUEZ LUNA contra PAVIMENTOS Y CONSTRUCCCIONES PAVI S.C.L., Y FOGASA., debo declarar y declaro improcedente el despido del demandante, condenando a la empresa demandada a que, a su elección que deberá manifestar en el plazo de los cinco días
siguientes al de la notificación de esta sentencia, le readmita en su mismo puesto de trabajo o le indemnice en la suma de 15.050,23 euros, entendiéndose que de no hacerlo en el plazo indicado opta por lo primero, y, en caso de readmisión, con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de la notificación de la sentencia o hasta
que el trabajador haya encontrado otro empleo si tal colocación fuese anterior, en cuyo caso
habrán de descontarse los salarios percibidos en la nueva empresa. En cuanto al FOGASA,
deberá estar y pasar por la presente declaración.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PAVIMENTOS Y
CONSTRUCCIONES PAVI, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a quince de marzo de dos mil veintiuno.
BOCM-20210428-140
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/11.807/21)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791