Madrid número 21 (BOCM-20210428-145)
Ejecución 56/2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 100

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
145

MADRID NÚMERO 21
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ARACELI CRESPO PASCUAL LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 21 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 56/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a
instancia de D./Dña. PATRICIA MENA CAMACHO frente a D./Dña. FATIMA RAQUEL
ORTIZ CANDIA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
Se aprueba la tasación de costas y la liquidación de intereses practicada en la presente
ejecución, por la suma de 175,89 euros en concepto de costas y 20,27 euros en concepto de
intereses, a cuyo pago resulta condenada la ejecutada Dª. FATIMA RAQUEL ORTIZ
CANDIA.
Abónese a la ejecutante Dª. PATRICIA MENA CAMACHO la cantidad de 14,63
euros en concepto de parte de intereses, mediante transferencia a la Cuenta bancaria nº
ES36 0182 2782 5702 0155 0130 designada a tal efecto en los presentes autos.
Se requiere a la ejecutada Dª. FATIMA RAQUEL ORTIZ CANDIA para que en el
plazo de CINCO DIAS proceda a abonar las cantidades de 5,64 euros en concepto de resto
de intereses, y 175,89 euros en concepto de costas, mediante su ingreso en la Cuenta de
Consignaciones de este Juzgado nº ES55 0049 3569 9200 0500 1274 (Concepto: 25190000-64-0056-20); con apercibimiento de que en caso contrario se procederá, a instancia
de parte, por la vía de apremio.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. FATIMA RAQUEL ORTIZ CANDIA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el
Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veinticinco de marzo de dos mil veintiuno.

BOCM-20210428-145

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/11.724/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791