Madrid (BOCM-20210427-50)
Régimen económico. Distrito de Usera. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 200
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 99
BOCM-20210427-50
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
— Convocatoria ordinaria 2021: el plazo de presentación será de quince días hábiles,
contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
— Convocatoria anticipada 2022: el plazo de presentación de solicitudes será del 10
de diciembre de 2021 al 20 de enero de 2022.
Sexto. Otros datos.—Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de
concurrencia competitiva.
Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme al modelo que figura como
solicitud de subvención en la presente convocatoria.
Para la modalidad de proyectos, junto a la solicitud de subvención, se acompañará una
memoria explicativa del proyecto que habrá de cumplimentarse en el Anexo I.
Para la modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales, junto a la solicitud de
subvención, se acompañará cumplimentado el modelo Anexo II.
Límites establecidos para 2021 y 2022:
— En la modalidad de proyectos no se financiarán gastos de inversión. Cada entidad
solicitante podrá presentar un proyecto a esta convocatoria. No serán admitidos
aquellos proyectos cuyo presupuesto total supere 5.000,00 euros, impuestos incluidos y tampoco serán admitidas aquellas peticiones cuya cuantía solicitada sea
superior a 5.000,00 euros.
— En la modalidad de gastos de mantenimiento de sede social u otros espacios no serán financiables los gastos derivados de cualquier clase de obras en las sedes sociales u otros espacios en los que la entidad desarrolle su actividad de forma habitual.
No serán admitidas solicitudes de subvención cuya cuantía supere la suma de los presupuestos anuales consignados en el modelo de solicitud. La cuantía solicitada para la modalidad
de gastos de alquiler y funcionamiento, en conjunto, no podrá ser superior a 5.000,00 euros.
La cuantía solicitada para los gastos de equipamiento de sede social no podrá ser superior a 2.000,000 euros.
No podrán acceder a esta convocatoria aquellas entidades que figuren como beneficiarias en el Anexo de subvenciones nominativas del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para
la anualidad 2019.
Madrid a 24 de marzo de 2021.—La concejala-presidenta del Distrito de Usera, Loreto Sordo Ruiz.
(03/14.136/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 200
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MARTES 27 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 99
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Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
— Convocatoria ordinaria 2021: el plazo de presentación será de quince días hábiles,
contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
— Convocatoria anticipada 2022: el plazo de presentación de solicitudes será del 10
de diciembre de 2021 al 20 de enero de 2022.
Sexto. Otros datos.—Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de
concurrencia competitiva.
Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme al modelo que figura como
solicitud de subvención en la presente convocatoria.
Para la modalidad de proyectos, junto a la solicitud de subvención, se acompañará una
memoria explicativa del proyecto que habrá de cumplimentarse en el Anexo I.
Para la modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales, junto a la solicitud de
subvención, se acompañará cumplimentado el modelo Anexo II.
Límites establecidos para 2021 y 2022:
— En la modalidad de proyectos no se financiarán gastos de inversión. Cada entidad
solicitante podrá presentar un proyecto a esta convocatoria. No serán admitidos
aquellos proyectos cuyo presupuesto total supere 5.000,00 euros, impuestos incluidos y tampoco serán admitidas aquellas peticiones cuya cuantía solicitada sea
superior a 5.000,00 euros.
— En la modalidad de gastos de mantenimiento de sede social u otros espacios no serán financiables los gastos derivados de cualquier clase de obras en las sedes sociales u otros espacios en los que la entidad desarrolle su actividad de forma habitual.
No serán admitidas solicitudes de subvención cuya cuantía supere la suma de los presupuestos anuales consignados en el modelo de solicitud. La cuantía solicitada para la modalidad
de gastos de alquiler y funcionamiento, en conjunto, no podrá ser superior a 5.000,00 euros.
La cuantía solicitada para los gastos de equipamiento de sede social no podrá ser superior a 2.000,000 euros.
No podrán acceder a esta convocatoria aquellas entidades que figuren como beneficiarias en el Anexo de subvenciones nominativas del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para
la anualidad 2019.
Madrid a 24 de marzo de 2021.—La concejala-presidenta del Distrito de Usera, Loreto Sordo Ruiz.
(03/14.136/21)
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ISSN 1989-4791