Madrid número 84 (BOCM-20210427-106)
Procedimiento 348/2019
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 99

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
106

MADRID NÚMERO 84
EDICTO

BOCM-20210427-106

En este Juzgado se han seguido autos de procedimiento ordinario número 348/2019,
entre Grenke Rent, S. L. U. y Adhara Computer, S. L., en los cuales se ha dictado sentencia número 89/2020 con fecha 12/06/2020, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
Estimo en parte la demanda presentada por Grenke Rent, S. L. U., contra Adhara Computer, S. L., y, en consecuencia, declaro resuelto, por incumplimiento grave por la demandada de sus obligaciones contractuales, el contrato de arrendamiento de bienes muebles celebrado entre las partes el 5 de noviembre de 2015, y condeno a la demandada a devolver a
la actora los bienes objeto de tal contrato, de conformidad con lo pactado en el contrato al
respecto. Condeno también a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 4.805,26
euros, en concepto de daños y perjuicios derivados de tal incumplimiento, cantidad que devengará el interés legal previsto en el artículo 7.2 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, desde la fecha de vencimiento de cada una de las cuotas mensuales, por los importes correspondientes a cada una de ellas. Condeno, asimismo, a la demandada a abonar a la actora en
concepto de cláusula penal el importe consistente en el resultado de aplicar el importe diario de 7,77 euros a cada día que transcurra desde el 1 de diciembre de 2019 hasta la fecha
de efectiva devolución por parte de la demandada a la arrendadora de los equipos objeto del
arrendamiento de que trae causa la presente Litis, así como el importe de 40 euros en aplicación del artículo 8.1 de la Ley 3/2004. Las cantidades anteriores devengarán el interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde la fecha de la Sentencia. Todo ello sin que
proceda expresa condena en costas.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de
Madrid (artículos 458 y siguientes de la L. E. C.), previa constitución de un depósito de 50
euros, en la cuenta 2980-0000-04-0348-19 de este órgano.
Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en
la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de primera instancia número 84 de Madrid, y en el campo observaciones o
concepto se consignarán los siguientes dígitos 2980-0000-04-0348-19.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo, ilustrísima señora doña María
del Carmen Fernández Luis, magistrada del Juzgado de primera instancia número 84 de
Madrid.
Y para que sirva de notificación a Adhara Computer, S. L., expido y firmo la presente en
Madrid, a 24 de septiembre de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(02/26.349/20)

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ISSN 1989-4791