Buitrago del Lozoya (BOCM-20210426-66)
Régimen económico. Ordenanza fiscal tasa cementerio municipal
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 278

LUNES 26 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 98

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
66

BUITRAGO DEL LOZOYA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Por Acuerdo del Pleno de fecha 18 de febrero de 2021, se aprobó definitivamente la
modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa del cementerio municipal, conducción de cadáveres y otros servicios funerarios, lo que se publica a los efectos del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
“Artículo 6. Se establecen las siguientes tarifas:
CONCESIÓN SEPULTURA , POR 25 AÑOS 3 CUERPOS

1.200,00 €

RENOVACIÓN SEPULTURA, POR 25 AÑOS

1.200,00 €

CONCESIÓN DE NICHOS, POR 10 AÑOS 1 CUERPO

350,00 €

RENOVACIÓN NICHOS, POR 10 AÑOS

350,00 €

CONCESIÓN DE COLUMBARIO, POR 50 AÑOS VARIAS URNAS

400,00 €

RENOVACIÓN DE COLUMBARIOS, POR 50 AÑOS

400,00 €

SERVICIOS FUNERARIOS, 1ª INHUMACIÓN EN CADA FOSA Y DEPÓSITO DE CENIZAS

230,00 €

SERVICIOS FUNERARIOS, SUCESIVAS INHUMACIONES EN CADA FOSA 2ª Y 3ª

280,00 €

SERVICIOS FUNERARIOS INHUMACIONES EN NICHOS

230,00 €

SERVICIOS FUNERARIOS INHUMACIONES EN COLUMBARIOS
SERVICIOS FUNERARIOS EXHUMACIONES EN COLUMBARIOS

50,00 €
50,00 €

REDUCCIÓN DE RESTOS / EXHUMACIÓN X CUERPO

210,00 €

UTILIZACIÓN SALA VELATORIO

450,00 €

BOCM-20210426-66

El resto de condiciones del artículo 6 no se modifican”.
Contra el presente Acuerdo se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio,
de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Buitrago del Lozoya, a 13 de abril de 2021.—El alcalde, Tomás Fernández Vidal.
(03/13.168/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791