Buitrago del Lozoya (BOCM-20210426-66)
Régimen económico. Ordenanza fiscal tasa cementerio municipal
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 278
LUNES 26 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 98
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
66
BUITRAGO DEL LOZOYA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Por Acuerdo del Pleno de fecha 18 de febrero de 2021, se aprobó definitivamente la
modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa del cementerio municipal, conducción de cadáveres y otros servicios funerarios, lo que se publica a los efectos del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
“Artículo 6. Se establecen las siguientes tarifas:
CONCESIÓN SEPULTURA , POR 25 AÑOS 3 CUERPOS
1.200,00 €
RENOVACIÓN SEPULTURA, POR 25 AÑOS
1.200,00 €
CONCESIÓN DE NICHOS, POR 10 AÑOS 1 CUERPO
350,00 €
RENOVACIÓN NICHOS, POR 10 AÑOS
350,00 €
CONCESIÓN DE COLUMBARIO, POR 50 AÑOS VARIAS URNAS
400,00 €
RENOVACIÓN DE COLUMBARIOS, POR 50 AÑOS
400,00 €
SERVICIOS FUNERARIOS, 1ª INHUMACIÓN EN CADA FOSA Y DEPÓSITO DE CENIZAS
230,00 €
SERVICIOS FUNERARIOS, SUCESIVAS INHUMACIONES EN CADA FOSA 2ª Y 3ª
280,00 €
SERVICIOS FUNERARIOS INHUMACIONES EN NICHOS
230,00 €
SERVICIOS FUNERARIOS INHUMACIONES EN COLUMBARIOS
SERVICIOS FUNERARIOS EXHUMACIONES EN COLUMBARIOS
50,00 €
50,00 €
REDUCCIÓN DE RESTOS / EXHUMACIÓN X CUERPO
210,00 €
UTILIZACIÓN SALA VELATORIO
450,00 €
BOCM-20210426-66
El resto de condiciones del artículo 6 no se modifican”.
Contra el presente Acuerdo se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio,
de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Buitrago del Lozoya, a 13 de abril de 2021.—El alcalde, Tomás Fernández Vidal.
(03/13.168/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 98
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
66
BUITRAGO DEL LOZOYA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Por Acuerdo del Pleno de fecha 18 de febrero de 2021, se aprobó definitivamente la
modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa del cementerio municipal, conducción de cadáveres y otros servicios funerarios, lo que se publica a los efectos del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
“Artículo 6. Se establecen las siguientes tarifas:
CONCESIÓN SEPULTURA , POR 25 AÑOS 3 CUERPOS
1.200,00 €
RENOVACIÓN SEPULTURA, POR 25 AÑOS
1.200,00 €
CONCESIÓN DE NICHOS, POR 10 AÑOS 1 CUERPO
350,00 €
RENOVACIÓN NICHOS, POR 10 AÑOS
350,00 €
CONCESIÓN DE COLUMBARIO, POR 50 AÑOS VARIAS URNAS
400,00 €
RENOVACIÓN DE COLUMBARIOS, POR 50 AÑOS
400,00 €
SERVICIOS FUNERARIOS, 1ª INHUMACIÓN EN CADA FOSA Y DEPÓSITO DE CENIZAS
230,00 €
SERVICIOS FUNERARIOS, SUCESIVAS INHUMACIONES EN CADA FOSA 2ª Y 3ª
280,00 €
SERVICIOS FUNERARIOS INHUMACIONES EN NICHOS
230,00 €
SERVICIOS FUNERARIOS INHUMACIONES EN COLUMBARIOS
SERVICIOS FUNERARIOS EXHUMACIONES EN COLUMBARIOS
50,00 €
50,00 €
REDUCCIÓN DE RESTOS / EXHUMACIÓN X CUERPO
210,00 €
UTILIZACIÓN SALA VELATORIO
450,00 €
BOCM-20210426-66
El resto de condiciones del artículo 6 no se modifican”.
Contra el presente Acuerdo se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio,
de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Buitrago del Lozoya, a 13 de abril de 2021.—El alcalde, Tomás Fernández Vidal.
(03/13.168/21)
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ISSN 1989-4791