Villarejo de Salvanés (BOCM-20210426-90)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 98
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE ABRIL DE 2021
Pág. 311
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
90
VILLAREJO DE SALVANÉS
RÉGIMEN ECONÓMICO
Convocatoria de subvenciones a entidades culturales del Ayuntamiento de Villarejo de
Salvanés 2021.
BDNS (Identif.): 558019
BOCM-20210426-90
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones Código BDNS: (http://www.minhap.gob.es/bdnstrans/index): 558019.
Primero. Beneficiarios.
1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las entidades culturales privadas sin
ánimo de lucro que cumplan los siguientes requisitos:
— Estar inscritos en el Registro de Asociaciones autonómico o nacional correspondiente con una antigüedad mínima de un año con respecto a la fecha de finalización de presentación de solicitudes.
— No estar incurso en alguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones contempladas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones y/o aquellas que no presenten las
solicitudes en el tiempo y forma que marcan estas Bases.
— No tener deudas en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Villarejo de
Salvanés, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
2. Los requisitos deberán mantenerse hasta la fecha de la justificación de la subvención.
Segundo. Objeto.—El objeto de las presentes bases es regular el apoyo de la Concejalía de Cultura a las entidades culturales privadas, sin ánimo de lucro, con sede social en
Villarejo de Salvanés, para el desarrollo de sus proyectos y programas culturales en el período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2021.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 36, de 12 de febrero de 2008.
Cuarto. Cuantía.—La dotación económica destinada en el presupuesto municipal
para esta convocatoria de subvención es de un máximo de 30.000 euros con cargo al presupuesto 2021.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Treinta días naturales a partir del siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Otros datos.—La solicitud deberá presentarse acompañada de la documentación prevista en la convocatoria (proyecto, memoria, etcétera).
Villarejo de Salvanes, a 16 de abril de 2021.—El alcalde-presidente, Jesús Díaz Raboso.
(03/13.940/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 98
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE ABRIL DE 2021
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
90
VILLAREJO DE SALVANÉS
RÉGIMEN ECONÓMICO
Convocatoria de subvenciones a entidades culturales del Ayuntamiento de Villarejo de
Salvanés 2021.
BDNS (Identif.): 558019
BOCM-20210426-90
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones Código BDNS: (http://www.minhap.gob.es/bdnstrans/index): 558019.
Primero. Beneficiarios.
1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las entidades culturales privadas sin
ánimo de lucro que cumplan los siguientes requisitos:
— Estar inscritos en el Registro de Asociaciones autonómico o nacional correspondiente con una antigüedad mínima de un año con respecto a la fecha de finalización de presentación de solicitudes.
— No estar incurso en alguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones contempladas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones y/o aquellas que no presenten las
solicitudes en el tiempo y forma que marcan estas Bases.
— No tener deudas en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Villarejo de
Salvanés, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
2. Los requisitos deberán mantenerse hasta la fecha de la justificación de la subvención.
Segundo. Objeto.—El objeto de las presentes bases es regular el apoyo de la Concejalía de Cultura a las entidades culturales privadas, sin ánimo de lucro, con sede social en
Villarejo de Salvanés, para el desarrollo de sus proyectos y programas culturales en el período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2021.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 36, de 12 de febrero de 2008.
Cuarto. Cuantía.—La dotación económica destinada en el presupuesto municipal
para esta convocatoria de subvención es de un máximo de 30.000 euros con cargo al presupuesto 2021.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Treinta días naturales a partir del siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Otros datos.—La solicitud deberá presentarse acompañada de la documentación prevista en la convocatoria (proyecto, memoria, etcétera).
Villarejo de Salvanes, a 16 de abril de 2021.—El alcalde-presidente, Jesús Díaz Raboso.
(03/13.940/21)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791