Torrejón de Ardoz número 6 (BOCM-20210426-101)
Procedimiento 84/2020
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BOCM
Pág. 322
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 98
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
101
TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 6
EDICTO
Doña Berta Bonete Satorre, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 6.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 84/2020,
instados por procurador don Javier Hernández Berrocal, en nombre y representación de Banco de Sabadell, S. A., contra don Vicente Jesús Perucho Pinilla, en reclamación de cantidad,
en los que se ha dictado en fecha 18 de marzo de 2021 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
Fallo
Que estimando la demanda interpuesta por la entidad Banco de Sabadell, S. A., representada por el procurador de los tribunales don Rafael Hernández Berrocal, frente a don Vicente Jesús Perucho Pinilla, en situación de rebeldía procesal, debo declarar resuelto por
vencimiento anticipado, el contrato de préstamo personal a interés fijo número
807677867614, suscrito entre las partes, en Torrejón de Ardoz, el 17 de diciembre de 2019,
por causa de incumplimiento grave y esencial del deudor demandado con fecha de efectos 31
de agosto de 2020, y debo condenar y condeno al demandado, al pago a la actora de la cantidad principal de 10.508,31 euros, más los intereses legales correspondientes, desde la fecha de interposición de la demanda, 23 de noviembre de 2020, hasta la fecha de su completo y definitivo pago, y al pago de las costas procesales causadas.
Notifíquese legalmente esta resolución, la cual no es firme, pues contra ella cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado y para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de veinte días siguientes al de su notificación.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación
BOCM-20210426-101
Leída y publicada fue la anterior sentencia por la señora juez que la suscribe, estando
celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha.—Doy fe.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Vicente Jesús Perucho Pinilla y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en
la Secretaría de este Tribunal.
En Torrejón de Ardoz, a 23 de marzo de 2021.—La letrada de la Administración de
Justicia (firmado).
(02/12.397/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 322
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B.O.C.M. Núm. 98
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
101
TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 6
EDICTO
Doña Berta Bonete Satorre, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 6.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 84/2020,
instados por procurador don Javier Hernández Berrocal, en nombre y representación de Banco de Sabadell, S. A., contra don Vicente Jesús Perucho Pinilla, en reclamación de cantidad,
en los que se ha dictado en fecha 18 de marzo de 2021 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
Fallo
Que estimando la demanda interpuesta por la entidad Banco de Sabadell, S. A., representada por el procurador de los tribunales don Rafael Hernández Berrocal, frente a don Vicente Jesús Perucho Pinilla, en situación de rebeldía procesal, debo declarar resuelto por
vencimiento anticipado, el contrato de préstamo personal a interés fijo número
807677867614, suscrito entre las partes, en Torrejón de Ardoz, el 17 de diciembre de 2019,
por causa de incumplimiento grave y esencial del deudor demandado con fecha de efectos 31
de agosto de 2020, y debo condenar y condeno al demandado, al pago a la actora de la cantidad principal de 10.508,31 euros, más los intereses legales correspondientes, desde la fecha de interposición de la demanda, 23 de noviembre de 2020, hasta la fecha de su completo y definitivo pago, y al pago de las costas procesales causadas.
Notifíquese legalmente esta resolución, la cual no es firme, pues contra ella cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado y para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de veinte días siguientes al de su notificación.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación
BOCM-20210426-101
Leída y publicada fue la anterior sentencia por la señora juez que la suscribe, estando
celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha.—Doy fe.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Vicente Jesús Perucho Pinilla y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en
la Secretaría de este Tribunal.
En Torrejón de Ardoz, a 23 de marzo de 2021.—La letrada de la Administración de
Justicia (firmado).
(02/12.397/21)
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ISSN 1989-4791