Málaga número 9 (BOCM-20210426-176)
Ejecución 119/2020
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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LUNES 26 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 98

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
176

MÁLAGA NÚMERO 9
EDICTO

D/Dª María Dolores Fernández de Liencres Ruiz, letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 9 de Málaga.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 119/2020 a instancia de la parte actora D/Dª. OLEKSANDR KYYAN contra ZINO MANAGAMENT
SERVICES SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCION de fecha
19/03/21 del tenor literal siguiente:
DECRETO 177/21
Letrado/a de la Administración de Justicia D/Dª María Dolores Fernández de Liencres
Ruiz.—En Málaga, a diecinueve de marzo de dos mil veintiuno.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.—OLEKSANDR KYYAN ha presentado demanda de ejecución frente a
ZINO MANAGAMENT SERVICES SL
Segundo.—Se dictó decreto de insolvencia con fecha 11-12-2020.
Tercero.—De las actuaciones practicadas se obtuvo la cantidad de 116,48 euros, habiendo quedado reducido el principal reclamado a la suma de 803,08 euros.
Cuarto.—Se requiere a la parte actora para que aporte número de cuenta para hacerle
la correspondiente transferencia.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Único.—Disponen los arts. 250 y 276 de la L.R.J.S que de no tenerse conocimiento de
la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras
oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión
que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma
a juicio del recurrente, artículo 188 L.R.J.S El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito
para recurrir de 25 euros, en el nº de cuenta de este Juzgado nº debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social- Revisión”. Si el ingreso
se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por
un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social- Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto,
incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de

BOCM-20210426-176

Declarar al ejecutado ZINO MANAGAMENT SERVICES SL en situación de insolvenciaparcial por importe de 803,08 euros de principal más 183,91 euros presupuestados
para intereses y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
Una vez sea transferida dicha cantidad se devolverán las actuaciones al archivo.
Notifíquese la presente resolución.