D) Anuncios - CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, MOVILIDAD E INFRAESTRUCTURAS - METRO DE MADRID, S. A. (BOCM-20210424-3)
Convenio – Anuncio de 12 de abril de 2021, del convenio de colaboración que suscriben la Fundación Real Madrid y Metro de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 10
SÁBADO 24 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 97
Las partes formalizan el presente convenio sujetándolo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El presente convenio de colaboración en actividades de interés general tiene por objeto la colaboración de Metro en la difusión de actividades con fines sociales y benéficos de
la Fundación Real Madrid, así como en la promoción de los valores universales y positivos
del deporte de equipo y en la realización de actividades socio-culturales vinculadas al deporte y al transporte, para colaborar con los programas que la Fundación Real Madrid está
desarrollando de acuerdo a su fin fundacional, para lo cual aportará los espacios que se reflejan en la Cláusula Cuarta.
Por su parte, la Fundación Real Madrid se compromete a difundir la participación del
Colaborador en sus actividades en los términos que quedan indicados en las correspondientes Cláusulas.
Segunda
Vigencia
El presente convenio entrará en vigor desde el día de su firma y su vigencia se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2021.
Tercera
Exoneración de la Fundación
La Fundación en ningún caso estará obligada, como consecuencia del presente convenio, al abono de ninguna cantidad a Metro.
Cuarta
Compromisos de Metro
El Colaborador, con las finalidades expresadas en las cláusulas anteriores y manteniéndose las condiciones bajo las que suscribe el presente convenio, aportará los espacios
que estime oportunamente razonable en función de cada uno de las acciones que se acuerden entre ambas partes.
Quinta
Difusión de la participación Metro
En tanto dure el presente convenio de colaboración, y como compromiso de difusión
únicamente a nivel informativo de la participación de Metro en las actividades de la Fundación, esta se compromete a mencionarlo en todos los actos de difusión referidos a las actividades objeto de colaboración.
En todo caso, la difusión de la participación de Metro en las actividades de la Fundación se limitará al uso de sus logotipos o signos distintivos, quedando expresamente excluida de este convenio la publicidad comercial o la difusión de cualquier producto o servicio
específico que pueda prestar Metro.
Sexta
La firma de este convenio de colaboración, no impedirá que las partes puedan suscribir acuerdos similares con otras entidades, administraciones, instituciones o empresas.
Séptima
Servicio público de transportes
En caso de conflicto, prevalecerán las necesidades sobrevenidas del servicio público
que Metro tiene encomendado, pudiendo darse la finalización anticipada, total o parcial, de
BOCM-20210424-3
No exclusividad
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 10
SÁBADO 24 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 97
Las partes formalizan el presente convenio sujetándolo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El presente convenio de colaboración en actividades de interés general tiene por objeto la colaboración de Metro en la difusión de actividades con fines sociales y benéficos de
la Fundación Real Madrid, así como en la promoción de los valores universales y positivos
del deporte de equipo y en la realización de actividades socio-culturales vinculadas al deporte y al transporte, para colaborar con los programas que la Fundación Real Madrid está
desarrollando de acuerdo a su fin fundacional, para lo cual aportará los espacios que se reflejan en la Cláusula Cuarta.
Por su parte, la Fundación Real Madrid se compromete a difundir la participación del
Colaborador en sus actividades en los términos que quedan indicados en las correspondientes Cláusulas.
Segunda
Vigencia
El presente convenio entrará en vigor desde el día de su firma y su vigencia se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2021.
Tercera
Exoneración de la Fundación
La Fundación en ningún caso estará obligada, como consecuencia del presente convenio, al abono de ninguna cantidad a Metro.
Cuarta
Compromisos de Metro
El Colaborador, con las finalidades expresadas en las cláusulas anteriores y manteniéndose las condiciones bajo las que suscribe el presente convenio, aportará los espacios
que estime oportunamente razonable en función de cada uno de las acciones que se acuerden entre ambas partes.
Quinta
Difusión de la participación Metro
En tanto dure el presente convenio de colaboración, y como compromiso de difusión
únicamente a nivel informativo de la participación de Metro en las actividades de la Fundación, esta se compromete a mencionarlo en todos los actos de difusión referidos a las actividades objeto de colaboración.
En todo caso, la difusión de la participación de Metro en las actividades de la Fundación se limitará al uso de sus logotipos o signos distintivos, quedando expresamente excluida de este convenio la publicidad comercial o la difusión de cualquier producto o servicio
específico que pueda prestar Metro.
Sexta
La firma de este convenio de colaboración, no impedirá que las partes puedan suscribir acuerdos similares con otras entidades, administraciones, instituciones o empresas.
Séptima
Servicio público de transportes
En caso de conflicto, prevalecerán las necesidades sobrevenidas del servicio público
que Metro tiene encomendado, pudiendo darse la finalización anticipada, total o parcial, de
BOCM-20210424-3
No exclusividad