Móstoles número 3 (BOCM-20210423-189)
Procedimiento 472/2020
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 424
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 96
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
189
MÓSTOLES NÚMERO 3
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D/Dña. MARÍA DEL MAR GARCÍA ESCOBAR LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 3 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento 472/2020 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. ********** frente a AMTEL CANTABRICO SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
FALLO
Que estimando la demanda formulada por D. JESUS DAMIAN MORALES DUEÑAS
contra AMTEL CANTABRICO S.L. DEBO CONDENAR Y CONDENO a la mercantil demandada a que le abone la cantidad neta de 1835,20 euros más el 10% de interés por mora.
No se efectúa declaración expresa de absolución o condena respecto al FOGASA sin
perjuicio de sus responsabilidades y con las limitaciones establecidas en el art.33 Estatuto
de los Trabajadores y Fundamento de Derecho Segundo de esta resolución.
Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella no podrán interponer Recurso de Suplicación (art. 191 LRJS).
Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos,
definitivamente juzgando en la instancia, lo pronuncio mando y firmo.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a AMTEL CANTABRICO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de
la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
BOCM-20210423-189
En Móstoles, a veinticinco de marzo de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/11.292/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 424
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B.O.C.M. Núm. 96
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
189
MÓSTOLES NÚMERO 3
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D/Dña. MARÍA DEL MAR GARCÍA ESCOBAR LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 3 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento 472/2020 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. ********** frente a AMTEL CANTABRICO SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
FALLO
Que estimando la demanda formulada por D. JESUS DAMIAN MORALES DUEÑAS
contra AMTEL CANTABRICO S.L. DEBO CONDENAR Y CONDENO a la mercantil demandada a que le abone la cantidad neta de 1835,20 euros más el 10% de interés por mora.
No se efectúa declaración expresa de absolución o condena respecto al FOGASA sin
perjuicio de sus responsabilidades y con las limitaciones establecidas en el art.33 Estatuto
de los Trabajadores y Fundamento de Derecho Segundo de esta resolución.
Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella no podrán interponer Recurso de Suplicación (art. 191 LRJS).
Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos,
definitivamente juzgando en la instancia, lo pronuncio mando y firmo.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a AMTEL CANTABRICO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de
la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
BOCM-20210423-189
En Móstoles, a veinticinco de marzo de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/11.292/21)
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ISSN 1989-4791