C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE VIVIENDA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20210423-14)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 126/2021, de 12 de abril, de la Consejería de Vivienda y Administración Local, por la que se convocan las subvenciones destinadas a Mancomunidades de Municipios para financiar sus gastos corrientes
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 80
VIERNES 23 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 96
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Vivienda y Administración Local
14
EXTRACTO de la Orden 126/2021, de 12 de abril, de la Consejería de Vivienda
y Administración Local, por la que se convocan las subvenciones destinadas a
Mancomunidades de Municipios para financiar sus gastos corrientes.
BDNS 557789
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo
texto completo puede consultarse en la Base de datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias):
Primero
Beneficiarios
Mancomunidades de Municipios de la Comunidad de Madrid, a excepción de las ubicadas en el ámbito de la Sierra Norte de Madrid
Segundo
Objeto
Subvenciones dirigidas a Mancomunidades de Municipios de la Comunidad de
Madrid para la financiación por estas de los gastos corrientes que resulten necesarios para
la gestión municipal durante el año 2021 y que no hayan sido incluidos como gastos asociados en la planificación plurianual de inversiones aprobada por la Comunidad de Madrid.
Tercero
Bases reguladoras
Orden 2856/2005, de 30 de diciembre, del Consejero de Presidencia, por la que se
aprueban las Bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Mancomunidades de
Municipios, destinadas a financiar sus gastos corrientes (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 26, de 31 de enero de 2006), modificada por la Orden 755/2012,
de 12 de abril (“BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID” número 121, de 22 de
mayo de 2012), así como por la Orden 1627/2014, de 11 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID número 214, de 9 de septiembre de 2014). Asimismo estas bases han sido modificadas por la Orden 395/2016, de 14 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se procede a
modificar las bases reguladoras de las subvenciones sujetas a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el ámbito competencial de la Consejería, para su
adaptación a la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de Racionalización del Sector Público y
otras medidas de reforma administrativa (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 69, de 22 de marzo de 2016).
Cuarto
El procedimiento de concesión de las subvenciones será el de concurrencia competitiva. El importe total previsto para esta convocatoria asciende a 69.900 euros. La cantidad
máxima que se podrá conceder a cada Mancomunidad será de 10.000 euros.
BOCM-20210423-14
Cuantía
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 80
VIERNES 23 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 96
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Vivienda y Administración Local
14
EXTRACTO de la Orden 126/2021, de 12 de abril, de la Consejería de Vivienda
y Administración Local, por la que se convocan las subvenciones destinadas a
Mancomunidades de Municipios para financiar sus gastos corrientes.
BDNS 557789
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo
texto completo puede consultarse en la Base de datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias):
Primero
Beneficiarios
Mancomunidades de Municipios de la Comunidad de Madrid, a excepción de las ubicadas en el ámbito de la Sierra Norte de Madrid
Segundo
Objeto
Subvenciones dirigidas a Mancomunidades de Municipios de la Comunidad de
Madrid para la financiación por estas de los gastos corrientes que resulten necesarios para
la gestión municipal durante el año 2021 y que no hayan sido incluidos como gastos asociados en la planificación plurianual de inversiones aprobada por la Comunidad de Madrid.
Tercero
Bases reguladoras
Orden 2856/2005, de 30 de diciembre, del Consejero de Presidencia, por la que se
aprueban las Bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Mancomunidades de
Municipios, destinadas a financiar sus gastos corrientes (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 26, de 31 de enero de 2006), modificada por la Orden 755/2012,
de 12 de abril (“BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID” número 121, de 22 de
mayo de 2012), así como por la Orden 1627/2014, de 11 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID número 214, de 9 de septiembre de 2014). Asimismo estas bases han sido modificadas por la Orden 395/2016, de 14 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se procede a
modificar las bases reguladoras de las subvenciones sujetas a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el ámbito competencial de la Consejería, para su
adaptación a la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de Racionalización del Sector Público y
otras medidas de reforma administrativa (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 69, de 22 de marzo de 2016).
Cuarto
El procedimiento de concesión de las subvenciones será el de concurrencia competitiva. El importe total previsto para esta convocatoria asciende a 69.900 euros. La cantidad
máxima que se podrá conceder a cada Mancomunidad será de 10.000 euros.
BOCM-20210423-14
Cuantía