Madrid número 88 (BOCM-20210422-68)
Procedimiento 1120/2018
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 95

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE ABRIL DE 2021

Pág. 207

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
68

MADRID NÚMERO 88
EDICTO

Don Pedro Ángel Guirao Llorente, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de
primera instancia número 88 de Madrid.

BOCM-20210422-68

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1120/2018,
instados por la procuradora doña Lucía Victoria Agulla Lanza, en nombre y representación de
don José Alberto Gilmartín Francisco y doña Ana Isabel Sastre Sánchez, contra Bankia, S. A.,
y Mediterranes Consulting Inmobiliario, S. L., en liquidación, en reclamación de XXXXX, en
los que se ha dictado en fecha 10 de diciembre de 2020 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
Que estimando parcialmente la demanda presentada la procuradora doña Lucía Agulla Lanza, en representación de don José Alberto Gilmartín Francisco y doña Ana Isabel
Sánchez Sastre contra Mediterranes Consulting Inmobiliario, S. L., en situación de rebeldía procesal, y contra Bankia, S. A., representados por el procurador don Enrique Sastre
Botella, debo condenar y condeno solidariamente a las demandadas al pago de 11.182,65
euros, más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda, sin imposición de costas.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte
días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid
(artículos 458 y siguientes de la LEC), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la
cuenta 4140-0000-04-1120-18 de este órgano.
Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en
la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “beneficiario”: Juzgado de primera instancia número 88 de Madrid, y en el campo “observaciones
o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 4140-0000-04-1120-18.
Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El/la juez/magistrado/a juez.
En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada, Bankia, S. A.,
y Mediterranes Consulting Inmobiliario, S. L., en liquidación, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de las interesadas
en la secretaría de este TRIBUNAL.
En Madrid, a 15 de diciembre de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia.
(02/12.798/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791