Madrid número 91 (BOCM-20210422-70)
Procedimiento 1115/2019
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 95
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE ABRIL DE 2021
Pág. 209
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
70
MADRID NÚMERO 91
EDICTO
Don Fernando Javier Navalón Romero, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 91 de Madrid.
BOCM-20210422-70
Hago saber: En este Juzgado, en autos de juicio verbal (desahucio por expiración legal o contractual del plazo), seguidos bajo el número 1115/2019, a instancias de doña María Pilar Álvarez Villanueva contra doña Patricia Henao Marín se ha dictado sentencia, en
fecha 15 de marzo de 2021, por el ilustrísimo señor magistrado D. Eduardo Corral Corral,
en cuya parte dispositiva se declara la resolución del contrato de arrendamiento sobre la vivienda descrita en el hecho primero de la resolución por expiración del plazo contractual y,
en consecuencia, condena a la demandada a desalojarla, con el contenido que obra en su
parte dispositiva, que se encuentra a su disposición en la Oficina de este Juzgado.
Y, para que sirva de notificación en la forma legalmente establecida a doña Patricia
Henao Marín, firmo el presente en Madrid, a 15 de marzo de 2021.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/12.528/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 95
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE ABRIL DE 2021
Pág. 209
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
70
MADRID NÚMERO 91
EDICTO
Don Fernando Javier Navalón Romero, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 91 de Madrid.
BOCM-20210422-70
Hago saber: En este Juzgado, en autos de juicio verbal (desahucio por expiración legal o contractual del plazo), seguidos bajo el número 1115/2019, a instancias de doña María Pilar Álvarez Villanueva contra doña Patricia Henao Marín se ha dictado sentencia, en
fecha 15 de marzo de 2021, por el ilustrísimo señor magistrado D. Eduardo Corral Corral,
en cuya parte dispositiva se declara la resolución del contrato de arrendamiento sobre la vivienda descrita en el hecho primero de la resolución por expiración del plazo contractual y,
en consecuencia, condena a la demandada a desalojarla, con el contenido que obra en su
parte dispositiva, que se encuentra a su disposición en la Oficina de este Juzgado.
Y, para que sirva de notificación en la forma legalmente establecida a doña Patricia
Henao Marín, firmo el presente en Madrid, a 15 de marzo de 2021.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/12.528/21)
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ISSN 1989-4791