Alcobendas (BOCM-20210422-33)
Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 95

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE ABRIL DE 2021

Pág. 143

La calificación final de la fase de oposición será la media de la suma de las calificaciones de los dos ejercicios:
Puntuación Primer ejercicio + Puntuación Segundo Ejercicio = Calificación Final fase de oposición
2

En el caso de que la fase de oposición tan solo conste de un ejercicio, este será eliminatorio y constituirá el total de la nota, siendo calificado de 0 a 55 puntos.
Fase de concurso:
La calificación de la fase de concurso será la nota obtenida por la suma de los méritos
puntuables en esta fase (experiencia y formación) y no tendrá carácter eliminatorio.
Calificación final del proceso de selección: Estará determinada por la suma de la calificación final de la fase de oposición y la puntuación obtenida en la fase de concurso, ordenados de mayor a menor puntuación.
En caso de empate obtendrá la plaza la persona aspirante que, atendiendo a los siguientes criterios, haya obtenido:
1. La nota más alta en la fase de Concurso.
2. La nota más alta en el Segundo ejercicio de la Oposición.
3. La nota más alta en el Primer ejercicio de la Oposición.
4. La persona con más antigüedad en el Ayuntamiento y/o sus Organismos Autónomos.
De persistir este se solventará por el orden alfabético del primer apellido de las personas aspirantes empatadas, de acuerdo con la letra que determine el sorteo público realizado
por la Secretaría General para la Administración Pública para el año correspondiente.
Como última alternativa se dirimirá el empate mediante la realización de un sorteo público entre los aspirantes empatados.
8. Finalización del proceso selectivo
Una vez terminada la calificación de las personas aspirantes el Tribunal hará pública,
a través del Tablón de Edictos de la Corporación y en la página web municipal, la relación
de las personas aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo por orden de puntuación, no pudiendo rebasar estos el número de plazas convocadas.
Simultáneamente a su publicación, el Tribunal Calificador elevará al Concejal-Delegado de Recursos Humanos la formalización del nombramiento como funcionario de carrera, de las personas candidatas que hubiere/n obtenido la/s calificación/es definitiva/a más
elevada/s.
De manera previa a los nombramientos, se convocará Concurso de Traslado de las plazas vacantes objeto de esta convocatoria, tras cuya resolución las personas que hayan superado el proceso selectivo se incorporarán como funcionarios de carrera a aquellas plazas
que hayan quedado vacantes.
Se creará una Bolsa de Empleo conforme a lo dispuesto en el Título VII del Protocolo de Empleo, con las personas candidatas que habiendo superado todos o alguno de los
ejercicios del proceso selectivo, no hubieran obtenido plaza. El orden de prelación será el
que hubieran obtenido en el proceso selectivo. Las personas candidatas que no deseen formar parte de la misma deberán comunicarlo expresamente a la Dirección General de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Alcobendas.

Documentos exigibles: Una vez concluido el proceso selectivo, las personas aspirantes propuestos -con carácter previo a su nombramiento e incorporación- quedarán obligadas a presentar en la Dirección General de Recursos Humanos, para su compulsa, todos los
documentos originales cuyas fotocopias fueron valoradas en la Fase de Concurso. Sin el
cumplimiento de este requisito, no se dará por válida la puntuación obtenida en la fase de
concurso y en consecuencia la puntuación final del proceso selectivo.
Además, aportarán los siguientes documentos originales para su compulsa:
a) Documentación acreditativa del cumplimiento de los restantes requisitos exigidos
en la convocatoria.
b) Documento Nacional de Identidad.
c) Titulación exigida en la Base 2.a “Requisitos de las personas aspirantes”.

BOCM-20210422-33

9. Presentación de documentos