Madrid número 1 (BOCM-20210422-89)
Ejecución 96/2020
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 95
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE ABRIL DE 2021
Pág. 231
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
89
MADRID NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. Lauro Arellano Martínez, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo
Social nº 1 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 96/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a
instancia de D./Dña. NURIA BENITO GUTIÉRREZ frente a D./Dña. GREIZZY PARIONA BASUALDA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
Diligencia.—En Madrid, a veintisiete de octubre de dos mil veinte.
La extiendo yo, el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia, para hacer constar que en fecha 08/10/2020 se ha producido ingreso de dinero en la cuenta corriente que este Juzgado
tiene abierta para consignaciones, por importe de 245 euros, para su aplicación a estos
autos. Doy fe.
Diligencia de ordenación, el/la letrado/a de la Admón. de Justicia.—En Madrid, a
veintisiete de octubre de dos mil veinte, D./Dña. María Belén Gómez Rodríguez.
Visto el contenido de la anterior diligencia y una vez firme esta resolución, póngase a
disposición de Dª NURIA BENITO GUTIÉRREZ, el importe de 245 euros, en concepto de
cantidad debida, se le requiere para que aporte el número de cuenta, con certificado de titularidad, a fin de realizar la transferencia bancaria a la misma, evitando de este modo que la
parte tenga que desplazarse a la sede judicial, teniendo en cuenta la actual crisis sanitaria y
la consecuente limitación de acceso a los edificios judiciales.
Si no aportara el número de cuenta, se procederá a expedir mandamiento de devolución, una vez concluida la mencionada crisis sanitaria y autorizado el acceso a los edificios
judiciales.
Y una vez verificado archívense las actuaciones.
Notifíquese a las partes.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el
plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de
la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 186.1 L.J.S).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los
interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S.
Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a D./Dña. GREIZZY PARIONA BASUALDA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a cinco de marzo de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/10.943/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210422-89
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
B.O.C.M. Núm. 95
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE ABRIL DE 2021
Pág. 231
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
89
MADRID NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. Lauro Arellano Martínez, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo
Social nº 1 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 96/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a
instancia de D./Dña. NURIA BENITO GUTIÉRREZ frente a D./Dña. GREIZZY PARIONA BASUALDA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
Diligencia.—En Madrid, a veintisiete de octubre de dos mil veinte.
La extiendo yo, el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia, para hacer constar que en fecha 08/10/2020 se ha producido ingreso de dinero en la cuenta corriente que este Juzgado
tiene abierta para consignaciones, por importe de 245 euros, para su aplicación a estos
autos. Doy fe.
Diligencia de ordenación, el/la letrado/a de la Admón. de Justicia.—En Madrid, a
veintisiete de octubre de dos mil veinte, D./Dña. María Belén Gómez Rodríguez.
Visto el contenido de la anterior diligencia y una vez firme esta resolución, póngase a
disposición de Dª NURIA BENITO GUTIÉRREZ, el importe de 245 euros, en concepto de
cantidad debida, se le requiere para que aporte el número de cuenta, con certificado de titularidad, a fin de realizar la transferencia bancaria a la misma, evitando de este modo que la
parte tenga que desplazarse a la sede judicial, teniendo en cuenta la actual crisis sanitaria y
la consecuente limitación de acceso a los edificios judiciales.
Si no aportara el número de cuenta, se procederá a expedir mandamiento de devolución, una vez concluida la mencionada crisis sanitaria y autorizado el acceso a los edificios
judiciales.
Y una vez verificado archívense las actuaciones.
Notifíquese a las partes.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el
plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de
la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 186.1 L.J.S).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los
interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S.
Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a D./Dña. GREIZZY PARIONA BASUALDA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a cinco de marzo de dos mil veintiuno.
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ISSN 1989-4791
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