Móstoles número 1 (BOCM-20210422-191)
Ejecución 19/2021
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 95

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
191

MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA MARÍA VICTORIA ESTEBAN DELGADO, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 1 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento 19/2021 de este Juzgado de lo Social, seguido a
instancia de don Juan Antonio Pérez Bravo frente a ALIMENTARIA 92, S. A., CARNES
LORENZO LÓPEZ GARCÍA DEL REAL, S. L., y don Lorenzo López Díaz sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
Despachar orden general de ejecución de sentencia y auto de aclaración a favor de la parte ejecutante, don Juan Antonio Pérez Bravo, frente a la demandada CARNES LORENZO
LÓPEZ GARCÍA DEL REAL, S. L., don Lorenzo López Díaz y ALIMENTARIA 92, S. A.,
parte ejecutada, por un principal de 30.079,54 euros (que corresponden 6.645,21 euros de
indemnización, 12.947,55 euros a salarios de trámite y 10.486,78 euros a reclamación de
cantidad), más 4.500 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio
de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los
tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este
Juzgado abierta en la entidad Banco Santander 2850-0000-64-0019-21.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.
DON FRANCISCO JUAN SÁNCHEZ DELGADO
EL MAGISTRADO-JUEZ
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
Se acuerda el embargo de las devoluciones tributarias que la AEAT tenga pendientes
de devolver a las partes ejecutadas. A tal efecto, realícese la petición de cargo por requerimiento judicial a través de la Cuenta de Consignaciones Judiciales.
Se acuerda el embargo de los saldos de a favor de los ejecutados en cuanto sea suficiente para cubrir la suma de las cantidades reclamadas.
La empresa CARNES LORENZO LÓPEZ GARCÍA DEL REAL, S. L., figura de baja
desde el 2/3/2010.

DON LORENZO LÓPEZ DIAZ figura dado de baja del régimen de autónomos y no
consta que esté trabajando para ninguna empresa.
No figuran ningún bien a nombre de ninguna de las partes ejecutadas.
Notifíquese la presente resolución a las partes.

BOCM-20210422-191

La empresa ALIMENTARIA 92, S. A., figura de baja desde el 13/5/2017.