Alcalá de Henares (BOCM-20210421-37)
Régimen económico. Padrones fiscales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 94
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE ABRIL DE 2021
Pág. 199
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
37
ALCALÁ DE HENARES
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20210421-37
Anuncio de aprobación de las liquidaciones correspondientes a altas trimestrales en el
impuesto sobre actividades económicas de 2020.
Habiéndose aprobado por decreto de la señora concejal delegada de Hacienda, las liquidaciones correspondientes a las altas trimestrales del impuesto sobre actividades económicas producidas en el ejercicio de 2020, se publica el presente, haciéndose constar que:
En virtud de lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley General Tributaria debe realizarse
notificación individual a cada uno de ellos siendo los plazos de pago, según el artículo 62 del
mismo texto legal, los siguientes:
a) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si
este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
b) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada
mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes
posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
Contra dichas liquidaciones se podrá interponer recurso de reposición ante esta Concejalía Delegada de Hacienda en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la
notificación expresa de la correspondiente liquidación.
Las liquidaciones podrán abonarse en los plazos señalados, en las entidades colaboradoras que figuran en las liquidaciones, en su horario de apertura al público.
Se advierte que transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo ejecutivo correspondiente, los intereses de
demora, y en su caso, las costas que se produzcan. Insértese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID
Alcalá de Henares, a 9 de abril de 2021.—La tercera teniente de alcalde, concejal-delegada de Educación, Hacienda, Contratación y Patrimonio Municipal y Patrimonio Histórico, Diana Díaz del Pozo.
(01/12.659/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 94
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MIÉRCOLES 21 DE ABRIL DE 2021
Pág. 199
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
37
ALCALÁ DE HENARES
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20210421-37
Anuncio de aprobación de las liquidaciones correspondientes a altas trimestrales en el
impuesto sobre actividades económicas de 2020.
Habiéndose aprobado por decreto de la señora concejal delegada de Hacienda, las liquidaciones correspondientes a las altas trimestrales del impuesto sobre actividades económicas producidas en el ejercicio de 2020, se publica el presente, haciéndose constar que:
En virtud de lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley General Tributaria debe realizarse
notificación individual a cada uno de ellos siendo los plazos de pago, según el artículo 62 del
mismo texto legal, los siguientes:
a) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si
este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
b) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada
mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes
posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
Contra dichas liquidaciones se podrá interponer recurso de reposición ante esta Concejalía Delegada de Hacienda en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la
notificación expresa de la correspondiente liquidación.
Las liquidaciones podrán abonarse en los plazos señalados, en las entidades colaboradoras que figuran en las liquidaciones, en su horario de apertura al público.
Se advierte que transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo ejecutivo correspondiente, los intereses de
demora, y en su caso, las costas que se produzcan. Insértese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID
Alcalá de Henares, a 9 de abril de 2021.—La tercera teniente de alcalde, concejal-delegada de Educación, Hacienda, Contratación y Patrimonio Municipal y Patrimonio Histórico, Diana Díaz del Pozo.
(01/12.659/21)
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ISSN 1989-4791