C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20210421-14)
Programa colaboración – Acuerdo de 14 de abril de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Programa de colaboración con los ayuntamientos de la región para el refuerzo, durante el curso escolar 2020-2021, de la limpieza de los centros públicos de Educación Infantil, Primaria y Especial, y de la limpieza y mejora de la plantilla de las escuelas infantiles y casas de niños de titularidad municipal de la red pública de la Comunidad de Madrid, como consecuencia de la prolongación de la situación excepcional generada por la COVID-19, y se autoriza un gasto de 8.413.965 euros para la financiación de dicho Programa
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 94
MIÉRCOLES 21 DE ABRIL DE 2021
Pág. 141
ANEXO I
PROGRAMA DE COLABORACIÓN CON LOS AYUNTAMIENTOS
DE LA REGIÓN PARA EL REFUERZO DE LA LIMPIEZA DE LOS CENTROS
PÚBLICOS DE EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA Y ESPECIAL,
Y DE LA LIMPIEZA Y MEJORA DE LA PLANTILLA DE LAS ESCUELAS
INFANTILES Y CASAS DE NIÑOS DE TITULARIDAD MUNICIPAL
DE LA RED PÚBLICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID COMO
CONSECUENCIA DE LA PROLONGACIÓN DE LA SITUACIÓN
EXCEPCIONAL GENERADA POR LA COVID-19
Primero
Finalidad del Programa
El presente Programa se aprueba con la finalidad de prestar apoyo financiero a los
ayuntamientos de la Comunidad de Madrid para que lleven a cabo actuaciones de refuerzo
de la limpieza en los colegios públicos de educación infantil, primaria y especial, así como
de refuerzo de la plantilla y del servicio de limpieza e higiene de los centros de titularidad
municipal pertenecientes a la red pública de educación infantil de la Comunidad de Madrid,
durante la anualidad 2021 del curso escolar 2020/2021, como consecuencia de la situación
excepcional generada por la COVID-19.
Segundo
Objeto del Programa
El apoyo financiero a los ayuntamientos se instrumentará mediante la concesión de
subvenciones cuyo objeto y condiciones de otorgamiento se establecen en el presente Programa, al amparo del régimen previsto en el artículo 4.5.c) 2.o de la Ley 2/1995, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Tercero
Naturaleza y régimen jurídico de las subvenciones
Las ayudas a otorgar en virtud del presente Programa, tienen la naturaleza jurídica de subvenciones publicas sujetas al régimen de concesión directa establecido en el artículo 4.5.c) 2.o
de la Ley 2/1995, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y se regirán por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la citada Ley 2/1995
y en la restante normativa de desarrollo del régimen jurídico de las subvenciones.
Cuarto
Destinatarios del Programa
Quinto
Actuaciones subvencionables
1. Centros de educación infantil, primaria y especial:
a) El incremento del número de profesionales o la duración de su jornada laboral, en
el que caso de que la misma se desarrolle a tiempo parcial, dedicados a desarrollar tareas y funciones de limpieza de las instalaciones de los colegios públicos de
educación infantil, primaria y especial.
BOCM-20210421-14
1. El Programa irá destinado a:
a. Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid a los que corresponda la conservación
y mantenimiento de los colegios públicos de educación infantil, primaria y especial de titularidad de la Comunidad de Madrid ubicados en el municipio.
b. Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid titulares de escuelas infantiles y casas
de niños pertenecientes a la red pública de educación infantil de la Comunidad de
Madrid.
2. Los destinatarios del Programa tendrán la consideración de beneficiarios, debiendo cumplir todos los requisitos exigidos en la normativa de subvenciones.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 94
MIÉRCOLES 21 DE ABRIL DE 2021
Pág. 141
ANEXO I
PROGRAMA DE COLABORACIÓN CON LOS AYUNTAMIENTOS
DE LA REGIÓN PARA EL REFUERZO DE LA LIMPIEZA DE LOS CENTROS
PÚBLICOS DE EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA Y ESPECIAL,
Y DE LA LIMPIEZA Y MEJORA DE LA PLANTILLA DE LAS ESCUELAS
INFANTILES Y CASAS DE NIÑOS DE TITULARIDAD MUNICIPAL
DE LA RED PÚBLICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID COMO
CONSECUENCIA DE LA PROLONGACIÓN DE LA SITUACIÓN
EXCEPCIONAL GENERADA POR LA COVID-19
Primero
Finalidad del Programa
El presente Programa se aprueba con la finalidad de prestar apoyo financiero a los
ayuntamientos de la Comunidad de Madrid para que lleven a cabo actuaciones de refuerzo
de la limpieza en los colegios públicos de educación infantil, primaria y especial, así como
de refuerzo de la plantilla y del servicio de limpieza e higiene de los centros de titularidad
municipal pertenecientes a la red pública de educación infantil de la Comunidad de Madrid,
durante la anualidad 2021 del curso escolar 2020/2021, como consecuencia de la situación
excepcional generada por la COVID-19.
Segundo
Objeto del Programa
El apoyo financiero a los ayuntamientos se instrumentará mediante la concesión de
subvenciones cuyo objeto y condiciones de otorgamiento se establecen en el presente Programa, al amparo del régimen previsto en el artículo 4.5.c) 2.o de la Ley 2/1995, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Tercero
Naturaleza y régimen jurídico de las subvenciones
Las ayudas a otorgar en virtud del presente Programa, tienen la naturaleza jurídica de subvenciones publicas sujetas al régimen de concesión directa establecido en el artículo 4.5.c) 2.o
de la Ley 2/1995, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y se regirán por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la citada Ley 2/1995
y en la restante normativa de desarrollo del régimen jurídico de las subvenciones.
Cuarto
Destinatarios del Programa
Quinto
Actuaciones subvencionables
1. Centros de educación infantil, primaria y especial:
a) El incremento del número de profesionales o la duración de su jornada laboral, en
el que caso de que la misma se desarrolle a tiempo parcial, dedicados a desarrollar tareas y funciones de limpieza de las instalaciones de los colegios públicos de
educación infantil, primaria y especial.
BOCM-20210421-14
1. El Programa irá destinado a:
a. Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid a los que corresponda la conservación
y mantenimiento de los colegios públicos de educación infantil, primaria y especial de titularidad de la Comunidad de Madrid ubicados en el municipio.
b. Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid titulares de escuelas infantiles y casas
de niños pertenecientes a la red pública de educación infantil de la Comunidad de
Madrid.
2. Los destinatarios del Programa tendrán la consideración de beneficiarios, debiendo cumplir todos los requisitos exigidos en la normativa de subvenciones.