Madrid número 34 (BOCM-20210421-170)
Procedimiento 140/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 94

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE ABRIL DE 2021

Pág. 377

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
170

MADRID NÚMERO 34
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D. FERNANDO BENITEZ BENITEZ LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL
Juzgado de lo Social nº 34 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 140/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. MARIA SORAYA COLINO JIMENEZ frente a PROTOBA SL
sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
AUTO
PARTE DISPOSITIVA
Se acuerda la acumulación a los presentes autos nº 140/2020, del/de los que se sigue/n
también en este Juzgado con el/los números DSP 227/2020, discutiéndose en un solo proceso y decidiéndose en una sola resolución las cuestiones planteadas en todos ellos.
Notifíquese la presente resolución a las partes de todos los procedimientos.
DECRETO
PARTE DISPOSITIVA
Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento,
regístrese en el libro correspondiente.
Se admite a trámite la demanda presentada, quedando las actuaciones pendientes del
señalamiento de fecha y hora para la celebración de los actos de conciliación y juicio en su
caso, como consecuencia de la situación generada por el COVID 19.
DILIGENCIA DE ORDENACION

Visto el estado de las presentes actuaciones, se señala para la celebración de los actos
de conciliación si procediera, y juicio en su caso, la audiencia del día 18/05/2021, a
las 11:00 horas de su mañana, en la Sala de Audiencia de este Juzgado, sito en la C/ Princesa, 3, Planta 9 - 28008, debiendo citarse a las partes, con entrega al/los demandado/s, y
en su caso a los demás interesados, de copia de la demanda y documentos aportados.
Existiendo los medios tecnológicos necesarios, y pudiendo el Letrado/a de la Admón.
de Justicia garantizar la autenticidad e integridad de lo grabado o reproducido mediante la
utilización de la firma electrónica reconocida u otro sistema de seguridad que conforme a
la ley ofrezca tales garantías, la celebración del acto no requerirá la presencia en la sala del
Letrado/a de la Admón. de Justicia salvo que lo soliciten las partes, al menos dos días antes de la celebración de la vista, o que excepcionalmente lo considere necesario el Letrado/a de la Admón. de Justicia, atendiendo a la complejidad del asunto, al número y naturaleza de las pruebas a practicar, al número de intervinientes, a la posibilidad de que se
produzcan incidencias que no pudieran registrarse, o a la concurrencia de otras circunstancias igualmente excepcionales que lo justifiquen, supuesto en el cual el Letrado/a de la Admón. de Justicia extenderá acta sucinta en los términos previstos en el apartado siguiente.
ADVIÉRTASE A LAS PARTES:
1.- Que deberán concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (Artículo 82.3 de la Ley de Jurisdicción Social).

BOCM-20210421-170

PARTE DISPOSITIVA